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TSJ

AS/0186/2014

Tribunal Supremo de Justicia
23 de mayo de 2014Civil LiquidadoraMag. Javier Medardo Serrano Llanos
Proceso
Extinción de Autoridad Materna
Sala
Civil Liquidadora
Año
2014

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Texto del fallo

SALA CIVIL LIQUIDADORA

Auto Supremo: Nº 186

Sucre: 23 de mayo de 2014.

Expediente: CH-18-09-S

Proceso: Extinción de Autoridad Materna

Partes: Juan Morales Mariscal c/ Felipa Espada Mendoza

Distrito: Chuquisaca

Magistrado Relator: Dr. Javier Medardo Serrano Llanos

VISTOS: el recurso de casación en el fondo de fojas 176 a 177 vuelta, interpuesto por Juan Morales Mariscal, contra el Auto de Vista Nº 50/2009 de 25 de febrero de 2009, (fojas 169 a 171 vuelta), pronunciado por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, dentro el proceso sobre Extinción de Autoridad Materna seguido por Juan Morales Mariscal contra Felipa Espada Mendoza, los antecedentes procesales; y,

CONSIDERANDO I: que, la Jueza de Partido de la Niñez y Adolescencia de Chuquisaca mediante Resolución Nº 05/2009 de 16 de enero de 2009 (fojas 144 a 148 vuelta), declaró IMPROBADA en parte la demanda de fojas 3 y 4, sustentada por Juan Morales Mariscal, en cuanto se refiere a la extinción de la autoridad materna, al no haberse demostrado la causal contenida en el artículo 35-2) del Código Niño, Niña y Adolescente y PROBADA en cuanto a la solicitud de guarda de Juan Morales Mariscal, respecto a sus hijos menores, al haberse demostrado que tiene mejores condiciones morales y materiales para hacerse cargo de sus hijos, de conformidad a lo previsto en el artículo 42 del Código Niño, Niña y Adolescente, declarando por otra parte IMPROBADA de guarda sustentada por Felipa Espada, al no haberse acreditado tener mejor cuidada e interés moral y material integral para detentar la guarda reclamada.

En grado de apelación, la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca mediante Auto de Vista Nº 50/2009 de 25 de febrero de 2009 (fojas 169 a 171 vuelta), CONFIRMÓ la sentencia apelada, sin costas.

CONSIDERANDO II: que, el demandante Juan Morales Mariscal, en su recurso de casación en el fondo de 11 de marzo de 2009 (fojas 176 a 177 vuelta), concluye acusando que el fallo recurrido contiene violación, interpretación errónea y aplicación indebida de la ley; además contiene disposiciones contradictorias e incongruencia, dejando de lado el valor justicia y la garantía de la tutela judicial efectiva, por ello denuncia lo siguiente:

1.- Alega que, el Auto de vista recurrido que le otorga el derecho de visita a la madre demandada los días sábados de horas 8:30 A.M. a 18:30 P.M., resulta no ser prudente porque se causarían graves daños psicológicos y de comportamiento en ambos menores, pues estos no desean permanecer con su madre la demandada.

2.- Acusa que, Tribunal de Alzada al haber otorgado derecho de visita a la demandada, ha incurrido en una interpretación errónea al derecho del niño a tomar decisiones como persona humana.

3.- Denuncia que, la decisión del Tribunal de Alzada, es poco razonada e impracticable en los hechos, pues la demandada se encuentra en Argentina.

4.- Acusa que, la determinación asumida mediante el Auto de Vista recurrido, es impracticable e irreal al otorgarle a la demandada la guarda en toda la vacación invernal y de fin de año incluido sábados y domingos.

CONSIDERANDO III: que, del análisis y cotejo del recurso de casación en el fondo se llega a las siguientes conclusiones:

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Datos del proceso

Demandante
Juan Morales Mariscal
Demandado
Felipa Espada Mendoza
Proceso
Extinción de Autoridad Materna
Magistrado relator
Javier Medardo Serrano Llanos
Tribunal Supremo de Justicia23 de mayo de 2014AS/0186/2014Fuente oficial