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TSJReiteradora

AS/0186/2018

Tribunal Supremo de Justicia
10 de julio de 2018Social 2daMag. Carlos Alberto Egüez Añez

Derecho del Trabajo / Derecho Procesal del Trabajo / Elementos comunes de procedimiento / Prueba / Inversión de la prueba en el empleador

El recurrente manifiesta que la afirmación de que se adeuda sueldos, es falsa, puesto que si se revisa el manuscrito de fs. 5, lo que el demandado dijo es que el trabajador lo hizo por diez meses, con un monto de Bs. 10.420 (lo que fue un lapsus pues es 10.440 o sea 1.440 Bs. Mensual) y que en ningu...

Proceso
RECURSO DE CASACIÓN/BENEFICIOS SOCIALES
Sala
Social 2da
Año
2018

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Texto del fallo

SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA

SEGUNDA

Auto Supremo Nº 186/2018

Sucre, 10 de julio de 2018

Expediente: SC-CA.SAII-SCZ. 15/2017

Distrito: Santa Cruz

Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez

VISTOS: El recurso de casación o nulidad de fs. 69 a 71 vta., interpuesto por Javier Chamón Suárez, contra el Auto de Vista Nº 128 de 20 de septiembre de 2016, cursante de fs. 65 a 66 vta., pronunciado por la Sala Social, Contencioso Tributario y Contencioso Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso laboral seguido por Alejandro Romero Arredondo, contra el recurrente, la respuesta de fs. 79 a 80, el Auto de fs. 81, que concedió el recurso, el Auto Supremo Nº 15/2017-A de 12 de noviembre de fs. 94 y vta., que concedió la casación, los antecedentes del proceso, y

CONSIDERANDO I:

I. 1.Antecedentes del proceso

I.1.1 Sentencia

Que, tramitado el proceso de referencia, el Juez Séptimo de Partido de Trabajo y Seguridad Social de Santa Cruz, emitió la Sentencia Nº 382 de 14 de octubre de 2015, cursante de fs. 43 a 46, declarando probada en parte la demanda, sin costas, disponiendo que la parte demandada cancele a favor del actor la suma de Bs. 18.908,- por concepto de desahucio, indemnización, aguinaldo y sueldos devengados, más la multa del 30%.

I.1.2 Auto de Vista

En grado de apelación deducida por la parte demandada, cursante de fs. 49 a 51, la Sala Social, Contencioso Tributaria y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, mediante Auto de Vista N° 128 de 20 de septiembre de 2016, cursante de fs. 65 a 66 vta., confirmó la Sentencia de 14 de octubre de 2015 de fs. 43 a 46 de obrados.

I.2 Motivos del recurso de casación

El referido auto de vista, motivó a la parte demandada a interponer el recurso de casación o nulidad de fs. 69 a 71 vta., manifestando en síntesis:

Que el auto de vista recurrido al igual que la sentencia apelada, respecto al Informe de Conciliación de fs. 6, señala que el demandado habría manifestado que el actor abandonó su trabajo y que habría trabajado unos diez meses y que “admite deuda de solo sueldo 10420 Bs.”

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Máxima

INVERSIÓN DE LA PRUEBA/ La carga de la prueba en materia laboral corresponde al empleador, pues la forma en que funcionan las relaciones laborales confieren a éste la custodia de los medios probatorios que acreditan haber cumplido sus obligaciones laborales frente al trabajador, Debiendo acreditar con prueba suficiente su pretensión, para reconocer o no los conceptos reclamados por el trabajador.

Datos del proceso

Proceso
RECURSO DE CASACIÓN/BENEFICIOS SOCIALES
Magistrado relator
Carlos Alberto Egüez Añez

Precedente

Artículo 3 inciso h), 66 y 150 del Código Procesal del Trabajo.

Tribunal Supremo de Justicia10 de julio de 2018AS/0186/2018Fuente oficial