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TSJ

AS/0187/2005

Tribunal Supremo de Justicia
30 de mayo de 2005Penal I
Proceso
Sala
Penal I
Año
2005

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Texto del fallo

SALA PENAL PRIMERA

AUTO SUPREMO: No. 187 Sucre 30 de mayo de 2005

DISTRITO: La Paz

PARTES : Ministerio Público c/ Daniel Choquemita Quehui y otra.

Tráfico de sustancias controladas.

VISTOS: el recurso de casación de fojas 167 a 168-A interpuesto por Daniel Choquemita Quehui, impugnando el Auto de Vista Nº 116 de 12 mayo de 2005 de fojas 163 a 164, pronunciado por la Sala Penal Tercera de la R. Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el representante del Ministerio Público contra el recurrente y Rosario Espinoza, por el delito de tráfico de sustancias controladas, previstos y sancionados por los artículos 48 con relación al 33 inciso m) de la Ley 1008.

CONSIDERANDO: que, para que el Tribunal de Casación declare la admisibilidad del recurso de casación es necesario cumplir los requisitos formales exigidos en los artículos 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal; vale decir, que el recurrente a más de interponer el recurso dentro del plazo de los cinco días de haber sido notificado con el Auto de Vista objeto de la impugnación, debe precisar hechos similares, estableciendo la contradicción de una o más normas adjetivas o sustantivas aplicadas en el Auto de Vista impugnado y el precedente invocado.

Que, en el recurso de casación se debe individualizar el hecho impugnado, puntualizando sus características; y a su vez, relacionándolo con otro hecho similar, describiendo sus propiedades en el precedente invocado. Por otro lado, debe precisarse la norma adjetiva o sustantiva aplicada en sentido contradictorio en el Auto de Vista cuestionado y el precedente invocado. Esta actividad procesal de comparar hechos similares, estableciendo la contradicción de normas aplicadas con sentidos jurídicos diversos debe cumplirse según el mandato del artículo 417 del Código de Procedimiento Penal.

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Datos del proceso

Demandante
Ministerio Público
Demandado
Daniel Choquemita Quehui y otra.
Tribunal Supremo de Justicia30 de mayo de 2005AS/0187/2005Fuente oficial