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TSJ

AS/0187/2011

Tribunal Supremo de Justicia
30 de junio de 2011Penal IIMag. Norka Natalia Mercado Guzmán
Proceso
Violación con agravante.
Sala
Penal II
Año
2011

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Texto del fallo

SALA PENAL SEGUNDA

Auto Supremo Nº 187 Sucre, 30 de junio de 2011

Expediente: Cochabamba 149/2009

Partes: Ministerio Público y Lucía Paola Yanarico Chura C/ José Franklin Aguilar Alcón

Delito: Violación con agravante.

VISTOS:el memorial de desistimiento del recurso de casación formulado por José Franklin Aguilar Alcón, en el proceso penal seguido por el Ministerio Público y Lucía Paola Yanarico Chura contra el recurrente por comisión del delito de violación con agravante.

CONSIDERANDO: que José Franklin Aguilar Alcón, el 18 de agosto de 2009 (fojas 190 a 191), interpuso recurso de casación impugnando el Auto de Vista de 9 de junio de 2009 pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba en el proceso seguido por el Ministerio Público contra el recurrente por violación a un niño de cinco años de edad y de una niña de doce años.

Que para los fines de emisión de la resolución que al respecto corresponda, se cuenta con los siguientes datos:

1.- Concluida la etapa preparatoria del juicio, el Ministerio Público, mediante requerimiento de 26 de enero de 2009 (fojas 124 a 127), solicitó a la Juez de Instrucción en lo Penal del Distrito Judicial de Cochabamba a cargo de ese caso, la salida alternativa de procedimiento abreviado para José Franklin Aguilar Alcón, por el delito de violación por haber abusado sexualmente de su hijastra Maribel Mejía de doce años de edad y a su hijo José Aguilar Yanarico de cinco años, menores que fueron violados desde hace mucho tiempo atrás, aspecto que se tiene de los certificados médicos forense de 20 de mayo de 2008, cursantes a fojas 93 y 96 de obrados. Sustanciada la causa, la Juez dictó la sentencia de 18 de marzo de 2009 (fojas 151 a 152), mediante la cuál lo declaró autor del delito de violación, imponiéndole la pena agravada de veinte años de presidio de conformidad a lo determinado en el numeral 2) del artículo 310 del Código Penal, sin derecho a indulto.

2.- La Sala Penal Segunda del Distrito Judicial de Cochabamba, por Auto de Vista de 9 de junio de 2006 (fojas 187 a 188), declaró improcedente el recurso de apelación planteado por el procesado, quien recurrió dicho fallo mediante el recurso de casación mencionado en el rubro.

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Criterio

Por el examen efectuado, se pudo apreciar la expresión de "retiro" utilizada por el impetrante, implica desistimiento, según lo determinado por los artículos 394 y 396 del Código Penal.

Datos del proceso

Demandante
Ministerio Público y Lucía Paola Yanarico Chura
Demandado
José Franklin Aguilar Alcón
Proceso
Violación con agravante.
Magistrado relator
Norka Natalia Mercado Guzmán

Descriptores

Derecho Penal / Derecho Procesal Penal / Elementos comunes de procedimiento
Tribunal Supremo de Justicia30 de junio de 2011AS/0187/2011Fuente oficial