Texto del fallo
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA
ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y
ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
Auto Supremo Nº 187/2019
Sucre, 22 de mayo de 2019
Expediente: SC-CA.SAII-PDO. 526/2017
Distrito: Pando
Magistrado Relator: Dr. Ricardo Torres Echalar
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fojas 54 a 55 y vuelta, interpuesto por Alex Jorge Sánchez Iraizos, en representación legal de Luis Gatty Ribeiro Roca, Alcalde Municipal de Cobija, en virtud del Testimonio de Poder Nº 269/2017, otorgado por ante Notario de Fe Pública número tres de la ciudad de Cobija, a cargo de la Dra. Eva Romero Saavedra, contra el Auto de Vista de 22 de agosto de 2017, pronunciado por la Sala Civil, Familiar, Social, de la Niña, Niño y Adolescente del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, dentro del proceso social de pago de beneficios sociales, seguido por David Sevilla Torrico, contra el municipio recurrente, el Auto de 13 de octubre de 2017 que concedió el recurso, el Auto N° 526/2017-A de 13 de noviembre que admitió el recurso, los antecedentes del proceso y
CONSIDERANDO I:
I.- Antecedentes del proceso.
I.1.- Sentencia.
Que, tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social de Cobija, emitió la Sentencia Nº 300/2017 de 29 de junio (fojas 30 a 33), declarando PROBADA EN PARTE la demanda de fs. 5 e IMPROBADA la excepción perentoria planteada por la parte demandada sin costas, en consecuencia, el municipio demandado deberá cancelar la siguiente liquidación:
TIEMPO DE TRABAJO 2 AÑOS, 5 MESES Y 12 DÍAS
SALARIO INDEMNIZABLE
Bs. 4.286
INDEMNIZACIÓN
10.498
AGUINALDO (5 MESES 2015)
1.786
VACACION -11 MESES
1.964
SUBSIDIO DE FRONTERA
2010- 7 MESES SALARIO Bs. 2.200
3.080
2011- 12 MESES SALARIO Bs. 2.200
5.280
2012- 12 MESES SALARIO Bs. 2,800
6.720
2013-12 MESES SALARIO Bs.2.800
6.720
2014-4 MESES SALARIO Bs. 3.216
2.573
2014-8 MESES SAALRIO Bs. 4,020
6.432
2015-5 MESES SALARIO Bs. 4,286
4.286
TOTAL
49.339
I.2.- Auto de Vista.
Deducido recurso de apelación, la Sala Civil, Familiar, Social, de la Niña, Niño y Adolescente del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, mediante Auto de Vista de 22 de agosto de 2017 (fojas 49 a 51), CONFIRMA la Sentencia Nº 300 de 29 de junio de 2017.
II.- FUNDAMENTOS DEL RESURSO DE CASACIÓN.
Que, del referido Auto de Vista, Alex Jorge Sánchez Iraizos, en representación legal de Luis Gatty Ribeiro Roca, Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Cobija, interpuso recurso de casación en el fondo de fojas 54 a 55 y vuelta de obrados, en el que expresó lo siguiente:
1.- El Auto de Vista recurrido, viola el art. 108 de la Constitución Política del Estado, al no cumplir con el deber fundamental de velar por los intereses del Estado y de la sociedad, ya que los derechos y obligaciones de los funcionarios están plasmados en Leyes Nºs. 1178, 2027 y 2341, normas que rigen la vida institucional.
2.- Violación del art. 119 de la Constitución Política del Estado, al no velar el Auto de Vista por la igualdad de las partes en el proceso, ni por el derecho a la defensa.
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