Volver a jurisprudencia
TSJ

AS/0188/2014

Tribunal Supremo de Justicia
8 de julio de 2014Social 2da LiquidadoraMag. Delfín Humberto Betancourt Chinchilla
Proceso
Beneficios Sociales
Sala
Social 2da Liquidadora
Año
2014

Este texto fue extraído automáticamente y puede contener errores. Verifica el PDF original antes de citar.

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA LIQUIDADORA SEGUNDA

Auto supremo Nº : 188/2014

Fecha : Sucre, 08 de julio de 2014

Expediente Nº : 613/2009

Distrito : Chuquisaca

Partes : Rómulo Caro Torres c/ Escuela de Conducción “Carburando Car”

Proceso : Beneficios Sociales

Recurso : Nulidad

_______________________________________________________

VISTOS: El Recurso de Nulidad de fs. 86 a 87, interpuesto por Lorgio Sandoval propietario de la Escuela de Conducción “Carburando Car”, impugnando el Auto de Vista N° 346/2009 de 14 de septiembre de 2009 de fs. 82 a 83, pronunciado por la Sala Social Administrativa y Tributaria de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, dentro del Proceso Social de Beneficios Sociales, seguido por Rómulo Caro Torres contra la Escuela de Conducción “Carburando Car” el memorial de contestación de fs. 91 a 92, el Auto N° 387/2009 de 5 de octubre de 2009 de fs. 93, que concede el Recurso de Nulidad, los antecedentes del proceso; y,

CONSIDERANDO I: Que, tramitado el Proceso Laboral, el Juez de Partido Primero de Trabajo y Seguridad Social del Distrito Judicial de Chuquisaca, emitió la Sentencia Nº 043/2009 de 29 de julio de 2009 de fs. 58 a 59. Declarando PROBADA la Demanda de fs. 1 a 2 con costas, debiendo el demandado cancelar los conceptos, que a continuación se detalla:

Salario promedio indemnizable: Bs. 850.

1.- Desahucio……………………………………..Bs. 2.550.-

2.- Indemnización: 3 años, 5 meses y 19 días…… ….Bs. 2.948,99.-

3.-. Aguinaldo 2009: 2 meses y 4 días………………Bs. 151,04.-

4.- Vacaciones: 3 días…………………………… Bs. 84,99.-

TOTAL Bs. 5.735,02.-

Son: CINCO MIL SETECIENTOS TREINTA Y CINCO 02/100 Bolivianos, que deberá ser cancelado dentro de tercero dia bajo conminatoria, mas lo señalado en el Decreto Supremo N° 28699.

Deducida la Apelación por la parte demandada, por Auto de Vista N° 346/2009 de 14 de septiembre de 2009 de fs. 82 a 83, la Sala Social Administrativa y Tributaria de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca confirmó la Sentencia Nº 043/2009 de 29 de julio de 2009 de fs. 58 a 59.

Mostrando 20 de 40 parrafos.

Lee el fallo completo con Pixi

Estás viendo la primera mitad del fallo. Activa Pixi para acceder al texto íntegro y al PDF original.

  • Jurisprudencia completa del TCP y TSJ
  • Citas listas para usar en tus escritos
  • Asistente legal sin límites diarios

Datos del proceso

Demandante
Rómulo Caro Torres
Demandado
Escuela de Conducción “Carburando Car”
Proceso
Beneficios Sociales
Magistrado relator
Delfín Humberto Betancourt Chinchilla
Tribunal Supremo de Justicia8 de julio de 2014AS/0188/2014Fuente oficial