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TSJ

AS/0189/2019

Tribunal Supremo de Justicia
28 de noviembre de 2019PlenaMag. Edwin Aguayo Arando
Proceso
Detención Preventiva con Fines de Extradición.
Sala
Plena
Año
2019

Texto del fallo

SALA PLENA

AUTO SUPREMO: 189/2019.

FECHA: Sucre, 28 de noviembre de 2019.

EXPEDIENTE Nº: 08/2019.

PROCESO: Detención Preventiva con Fines de Extradición.

PARTES: A solicitud de la Embajada de la República del Perú del ciudadano Rusell Cruz Ferrufino.

MAGISTRADO TRAMITADOR: Edwin Aguayo Arando.

VISTOS EN SALA PLENA: La solicitud de detención con fines de extradición del ciudadano boliviano Rusell Cruz Ferrufino, formulada por la Embajada de la República del Perú, los antecedentes cursantes en obrados, los informe, proveídos, memorial de solicitud de libertad presentado por el requerido.

CONSIDERANDO I: Que, a través de la Nota endosada como Número: 5-7-M/108 de 13 de marzo de 2019, la Embajada de la República del Perú dirigida al Ministerio de Relaciones Exteriores - Dirección General de Asuntos Jurídicos del Estado Plurinacional de Bolivia, presentó la solitud de Detención Preventiva con Fines de Extradición del ciudadano boliviano Rusell Cruz Ferrufino, requerido por el Cuarto Juzgado Penal Supraprovincial a través del Auto de Apertura de Instrucción de 13 de enero de 2012, dentro de la Causa Expediente N° 00018-2012-0-5001-JR-PE-04, por el delito de Tráfico Ilícito de Drogas Agravado previsto y sancionado en el art. 296-I concordante con los inc. 6) y 7) del art. 297 del Código Penal peruano (CPp), como resultado de la denuncia formulada por el Fiscal Provincial de la Primera Fiscalía Provincial Especializada en Criminalidad Organizada.

En cuya base, los Jueces Superiores del Colegiado “E” de la Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y Corrupción de Funcionarios de la República del Perú, solicitaron la Detención Preventiva con Fines de Extradición de conformidad con el Tratado de Extradición suscrito entre Perú y Bolivia el 27 de agosto de 2003 y ratificado por Bolivia mediante Ley N° 2776 de 7 de julio de 2004, siendo admitida y radicada la solicitud de Detención Preventiva, y en aplicación de los arts. 38-2) de la Ley 025 y 50 inc. 3) del Código de Procedimiento Penal (Ley 1970), este Tribunal mediante Auto Supremo 63/2019 de 3 de abril, dispuso la DETENCIÓN PREVENTIVA CON FINES DE EXTRADICIÓN de Rusell Cruz Ferrufino, ordenando al Presidente del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, comisione al Juzgado de Instrucción en lo Penal de Turno de ése Distrito, la emisión de un mandamiento de detención, con ejecución en el ámbito nacional e informar la ejecución del mandamiento con auxilio de INTERPOL y la Policía Nacional.

CONSIDERANDO II: Cumplido con las diligencias procesales conforme al Auto Supremo citado precedentemente, el Juzgado de Instrucción Penal N° 3 de la capital del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, informó la emisión del Auto Interlocutorio (Exhorto Suplicatorio) y Mandamiento de Detención Preventiva con Fines de Extradición en contra de Rusell Cruz Ferrufino, ambos de 24 de junio de 2019 (fs. 157 y 158), asimismo, su ejecución, dando cuenta que el requerido Rusell Cruz Ferrufino, fue detenido el 8 de agosto de 2019 y recluido en el Centro Penitenciario de “San Sebastián” Sección varones de Cochabamba, a quien posteriormente se le notificó personalmente con el Auto Supremo 63/2019 de 3 de abril, a efectos de que asuma defensa a los fines del art. 158 del Código de Procedimiento Penal boliviano (CPPb) (fs. 163 a 165).

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Datos del proceso

Demandante
Embajada de la República del Perú
Demandado
Rusell Cruz Ferrufino
Proceso
Detención Preventiva con Fines de Extradición.
Magistrado relator
Edwin Aguayo Arando
Tribunal Supremo de Justicia28 de noviembre de 2019AS/0189/2019Fuente oficial