Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 190/2023-RA
Fecha: 10 de marzo de 2023
Expediente: SC-19-23-S.
Partes: Teresa Moreno de Mendoza c/ Justina Villca Gomez, Nemecio Untoja Fernández, Roxana Yaneth Untoja Villca, Juan Alejandro Mendoza Mendoza, Maximiliano Aranibar Rojas; representantes legales del Banco FASSIL S.A Rolando Aguilera Mendez y Karola Netz Vaca.
Proceso: Nulidad de contrato de venta y resolución de contrato de compromiso de pago de deuda y delegación.
Distrito: Santa Cruz.
VISTOS: El recurso de casación de fs. 1354 a 1356, presentado por Teresa Moreno de Mendoza, impugnando el Auto de Vista N° 58/2022 de 25 de agosto, visible de fs. 1347 a 1351, pronunciado por la Sala Civil, Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia y Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro el proceso ordinario de nulidad de contrato de venta y resolución de contrato, compromiso del pago de la deuda y delegación, seguido por la recurrente contra Justina Villca Gomez, Nemecio Untoja Fernández, Roxana Yaneth Untoja Villca, Juan Alejandro Mendoza Mendoza; Maximiliano Aranibar, Rolando Aguilera Mendez y Karola Netz Vaca; del Auto de concesión de 31 de enero de 2023, obrante a fs. 1361, todo lo inherente; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Teresa Moreno de Mendoza mediante memorial de fs. 20 a 22, subsanado a fs. 35, ampliada y adecuada la pretensión por escritos de fs. 554 a 556 vta., a fs. 558 y vta., y 573 y vta., inició proceso de nulidad de contrato de venta y resolución del contrato, compromiso del pago de la deuda y delegación contra Justina Villca Gomez, Nemecio Untoja Fernandez, Roxana Yaneth Untoja Villca, Juan Alejandro Mendoza Mendoza; Maximiliano Aranibar, Rolando Aguilera Mendez y Karola Netz Vaca, quien una vez citado, los dos primeros según nota de fs. 597 a 600, contestaron negativamente a la demanda y opusieron excepción de prescripción; los siguientes dos por escrito de fs. 646 a 649, respondieron de forma negativa y plantearon excepción de prescripción; los demandados sexto y séptimo por memoriales de fs. 686 a 687 vta., fs.722 y fs. 725 a fs.726 vta., y a fs. 753, se apersonaron, formularon excepción a ampliación de la demanda defectuosa e incidente de nulidad de obrados; por el Auto de 8 de marzo de 2019, corriente a fs. 839 se declaró en rebeldía al quinto, nombrándole como defensora de oficio a Mary Montecinos Rojas; desarrollándose de esta manera la causa hasta la emisión de la Sentencia Nº 03/2022, de 9 de marzo, en la que el Juez Público Civil, de partido del Trabajo y Seguridad Social de Puerto Suárez-Santa Cruz, declaró PROBADA la demanda de nulidad de contrato de venta en contra de Justina Villca Gomez, Nemecio Untoja Fernandez, Roxana Yaneth Untoja Villca, Juan Alejandro Mendoza Mendoza; Maximiliano Aranibar Rojas; IMPROBADA en contra de Rolando Aguilera Mendez y Karola Netz Vaca; y PROBADA la demanda de resolución de contrato de compromiso de pago de deuda y delegación en contra de Justina Villca Gomez y sus herederos.
2. Resolución de primera instancia que al haber sido recurrida en apelación por Roxana Yaneth Untoja Villca, Juan Alejandro Mendoza Mendoza mediante escrito que sale de fs. 1221 a 1224 vta., originó que la Sala Civil, Comercial, de Familia, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emita el Auto de Vista N° 58/2022 de 25 de agosto, cursante de fs. 1347 a 1351, que REVOCÓ el Auto de 01 de septiembre de 2021, de fs. 1137 a 1140, deliberando en el fondo declaró PROBADA la excepción de prescripción de la acción de resolución de contrato, e IMPROBADA la demanda principal ampliada y modificada.
3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Teresa Moreno de Mendoza según memorial de fs. 1354 a 1356, que es objeto de análisis en cuanto su admisibilidad.
CONSIDERANDO II:
REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
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