Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 191/2015 - L
Sucre: 18 de marzo 2015.
Expediente: CB – 31 – 10 – S.
Partes: Miguel Ballesteros Ruiz y otros. c/ Carmen Elizabeth La fuente Lea Plaza
y presuntos interesados.
Proceso: Usucapión.
Distrito: Cochabamba.
VISTOS: El recurso de casación de fs. 215 a 217, interpuesto por Miguel Ballesteros Ruiz por sí y en representación de Martín y Fabiola Ballesteros Ruiz contra el Auto de Vista Nº REG/S.CII/CC/AINT.219/12.11.09 de 12 de noviembre de 2009 que cursa de fs. 210 a 211 vta., pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba en el proceso ordinario de Usucapión seguido por los recurrentes en contra de Carmen Elizabeth Lafuente Lea Plaza y presuntos interesados, la concesión de fs. 222 vta., los antecedentes del proceso y;
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
El Juez de Partido Cuarto en lo civil de la ciudad de Cochabamba, dicta la Sentencia de 24 de abril de 2006 que cursa de fs. 167 a 169, por la que declara probada la demanda de fs. 1, improbadas las excepciones de ilegalidad, falsedad de la demanda opuestas por la defensora de oficio de fs. 76, asimismo declara improbada la oposición presentada por Carmen Elizabeth La fuente Lea Plaza, declarando a los demandantes propietarios del inmueble litigado.
Sentencia que fue recurrida de apelación y resuelta mediante Auto de Vista de fs. 210 a 211 vta., que anula obrados hasta que el Juez A quo amplíe la demanda en contra de Benjamín Omar Castro Villarroel y ordene la citación legal de Carmen Elizabeth La Fuente Lea Plaza, fallo que a su vez es recurrida de casación por los demandantes.
CONSIDERANDO II:
DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN.
La demanda se encuentra dirigida en contra de Carmen Elizabeth La fuente Lea Plaza y presuntos interesados, por decreto de 2 de septiembre de 2004 se dispuso el cumplimiento de la circular N° 035/94 emitida pro la Corte Superior de Distrito, asimismo mediante Auto de fecha 25 de enero de 2005 fue dispuesta la ampliación de la demanda contra Irma Mealla, Walter Marañón Altamirano y Rosario Valda Aliaga, por lo que en forma posterior la demanda fue admitida y citados los demandados; la codemandada Carmen Elizabeth La Fuente Lea Plaza, a través de su apoderado y abogado Carlos Lauda Espinoza, sin contar con personería, se apersonó al proceso conforme consta a fs. 72, promoviendo incidente de nulidad de obrados, que fue rechazado mediante Auto de 6 de junio de 2005, refiriendo que la citación cumplió su finalidad, no obstante de ser impugnada dicha Resolución, fue convalidada mediante el escrito de fs. 104, mas aun cuando a fs. 115 se presentó a la audiencia el abogado apoderado de la codemandada Carmen E. La Fuente, así como la producción de la prueba documental de fs. 90 a 100, 145 a 147 y de confesión provocada no producida, que no fue valorada por el Ad quem.
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