Texto del fallo
SALA PENAL PRIMERA
AUTO SUPREMO: No. 192-I Sucre 18 de mayo de 2006
DISTRITO: Santa Cruz
PARTES : Ministerio Público c/ Leonardo López Rodríguez.
Tráfico de sustancias controladas.
VISTOS: el recurso de casación de fojas 97 a 98 interpuesto por Leonardo López Rodríguez impugnando el Auto de Vista Nº 79 de 21 de diciembre de 2005 de fojas 87 a 88, pronunciado por la Sala Penal Primera de la R. Corte Superior de Justicia del Distrito de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el representante del Ministerio Público contra el recurrente, por el delito de tráfico de sustancias controladas, previsto y sancionado por el artículo 48 de la Ley 1008.
CONSIDERANDO: que Leonardo López Rodríguez mediante el recurso de casación de fojas 97 a 98 impugna el Auto de Vista Nº 79/2005, manifestando que el auto recurrido confirma la sentencia apelada, con el fundamento que el Tribunal inferior procedió en forma correcta y conforme a derecho, por lo que no existe violación del artículo 370 del Código de Procedimiento Penal sin advertir la defectuosa valoración de la prueba testifical; que asimismo pasó inadvertido el hecho objeto del proceso que no fue determinado con exactitud; finalmente solicita su absolución.
CONSIDERANDO: que de la revisión del recurso de casación se concluye que el recurrente enumera una serie de vicios de sentencia sin evidenciarlos, y cita el artículo 278 del Código de Procedimiento Penal que se refiere a la persecución penal pública e investigación fiscal que nada tiene que ver con la impugnación al Auto de Vista Nº 79/2005; que respecto a la defectuosa valoración de la prueba y la no determinación del hecho objeto del proceso, dichas denuncias, no son verificables; en definitiva, sobre los aspectos mencionados no invoca precedente alguno, situación que dificulta al recurrente de cumplir con el requisito de precisar en términos claros la contradicción jurídica, como exige el artículo 417 del Código de Procedimiento Penal.
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