Texto del fallo
SALA PLENA
AUTO SUPREMO: 192/2008
EXP. N°: 220/2007
PROCESO: Contencioso Administrativo
PARTES: Raúl Fernández Solís contra la Superintendencia General del SIRESE y la Superintendencia de Hidrocarburos.
FECHA: 13 de agosto de 2008.
VISTOS EN SALA PLENA: La demanda contencioso administrativa planteada por Raúl Fernández Solís contra la Superintendencia General del Sistema de Regulación Sectorial y la Superintendencia de Hidrocarburos, en la que se impugna la Resolución Administrativa Nº 1303/2007 de 28 de febrero de 2007 y Resolución Administrativa SSDH Nº 1381/2006 de 9 de octubre de 2006, los antecedentes del proceso, el informe de la Ministra Tramitadora, Emilse Ardaya Gutiérrez; y
CONSIDERANDO: Que mediante providencia de fojas 27 y otorgándose el plazo de ocho días, se dispuso que el demandante presentara certificado actualizado expedido por FUNDEMPRESA, providencia que fue notificada el 20 de junio de 2007.
Que de acuerdo al informe emitido por la Secretaria de Cámara de la Sala Plena, el demandante no ha dado cumplimiento a lo dispuesto, habiendo transcurrido más de once meses, por lo que corresponde aplicar la sanción prevista por la última parte del artículo 333 del Código de Procedimiento Civil.
POR TANTO: LA Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, tiene POR NO PRESENTADA la demanda de fojas 14 a 16, disponiendo el archivo de obrados.
No interviene el señor Presidente Eddy Walter Fernández Gutiérrez por encontrarse ausente cumpliendo comisión oficial.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
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