Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 192/2012
Sucre: 27 de junio de 2012
Expediente: CB-30-12-S
Partes: Viviana Scott Thellaeche c/ Gerardo Enrique Calderón Icochea
Proceso: Divorcio y tenencia de menor
Distrito: Cochabamba
VISTOS: El recurso de casación en la forma de fs. 1214 a 1217 vlta. de obrados, interpuesto por Gerardo Enrique Calderón Icochea contra el Auto de Vista Nº 51/2012 de 9 de marzo 2012, cursante de fs. 1211 a 1211 vlta., pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso de Divorcio que sigue Viviana Scott Thellaeche contra el recurrente, los antecedentes procesales; y,
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Que, en fecha 30 de septiembre 2010, Viviana Scott Thellaeche interpone demanda de divorcio en contra de Gerardo Enrique Calderón Icochea, argumentando agresiones psicológicas y verbales, amenazas de desaparición de sus hijos, repercutiendo ello en la estabilidad y formación de los menores, quienes también son objeto de agresión psicológica al evitar que dichos menores entablen relación materno-filial con ella, por lo que solicita se declare probada la demanda de divorcio por la causal prevista en el art. 130 num. 4) del Código de Familia. Citado el demandado respondió a la demanda de divorcio y reconvino por la misma causal; es decir por el art. 130 núm. 4) del Código de Familia por injurias, sevicias y malos tratos. Dentro dicho proceso, se interpuso incidente respecto a la guarda y custodia de los menores.
Sustanciado el proceso, el juez Sexto de Partido de Familia, mediante Sentencia N° 747 de 26 de noviembre 2011, cursante de fs. 1149 a 1154 declaró:
Probada la demanda principal así como las excepciones perentorias opuestas a la acción reconvencional
Improbada la reconvención así como las excepciones perentorias opuestas a la demanda principal
Disuelto el vínculo matrimonial entre Viviana Scott Thellaeche y Gerardo Enrique Calderón Icochea.
Improbada la demanda incidental de guarda y se dispuso que la permanencia de los menores Alejandro Mario y Leslie ambos Calderón Scott en poder del progenitor Gerardo Enrique Calderón Icochea, con derecho a visitas de la madre.
Se ordenó que ambos progenitores y los menores Alejandro Mario y Leslie reciban terapia psicológica en el SEDEGES por el bienestar del entorno familiar.
Finalmente se declaró probada la demanda incidental de asistencia familiar, fijándose la suma de Bs.500.- a favor de los menores Alejandro Mario y Leslie Calderón Scott a ser cancelados por Viviana Scott Thellaeche.
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