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TSJ

AS/0194/2020-RA

Tribunal Supremo de Justicia
16 de marzo de 2020Civil
Proceso
Nulidad de segunda filiación y de declaratoria de herederos.
Sala
Civil
Año
2020

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 194/2020-RA

Fecha: 16 de marzo de 2020

Expediente: LP-33-20-S.

Partes: Irma Ralde Vda. De Montaño, Irma Fabiola, Luis Ernesto, Sara Vanesa y Diego Rodrigo todos Montaño Ralde c/ Mauricio Amilkar Zurita Gonzáles o Mauricio Amilkar Montaño Gonzáles.

Proceso: Nulidad de segunda filiación y de declaratoria de herederos.

Distrito: La Paz.

VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 1177 a 1183 vta., interpuesto por Irma Ralde Vda. de Montaño por sí y por Irma Fabiola, Luis Ernesto, Sara Vanesa y Diego Rodrigo Montaño Ralde contra el Auto de Vista Nº 274/2017 de 01 de junio, cursante de fs. 1160 a 1164 vta., de obrados, pronunciado por la Sala Civil Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso ordinario de nulidad de segunda filiación y de declaratoria de herederos, seguido por los recurrentes contra Mauricio Amilkar Zurita Gonzáles o Mauricio Amilkar Montaño Gonzáles, la contestación cursante de fs. 1185 a 1187, el Auto de fecha 06 de marzo de 2020 cursante a fs. 1276, los antecedentes del proceso; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

1. Con base en la demanda cursante de fs. 18 a 20 de obrados, modificada y ampliada de fs. 243 a 247 vta., Irma Ralde Vda. De Montaño, Irma Fabiola, Luis Ernesto, Sara Vanesa y Diego Rodrigo todos Montaño Ralde, iniciaron un proceso ordinario de nulidad de segunda filiación y de declaratoria de herederos; acción que fue dirigida contra Mauricio Amilkar Zurita Gonzáles o Mauricio Amilkar Montaño Gonzáles, quien una vez citado, se le designo un curador Ad Litem Néstor Zurita quien contesto negativamente a la demanda y opuso excepción perentoria; desarrollándose de esta manera el proceso hasta dictarse la Sentencia Nº 592/2016 de 28 de octubre, cursante de fs. 1110 a 1115, donde el Juez Público de Familia 7º de la ciudad de La Paz, declaró IMPROBADA la demanda de nulidad de filiación y de nulidad de declaratoria de herederos e IMPROBADA las excepciones de falta de acción y derecho o falta de legitimación pasiva.

2. Resolución de primera instancia que al haber sido recurrida en apelación por Irma Ralde Vda. de Montaño por sí y por Irma Fabiola, Luis Ernesto, Sara Vanesa y Diego Rodrigo Montaño Ralde mediante memorial cursante de fs. 1119 a 1125 vta.; la Sala Civil Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emitió el Auto de Vista Nº 274/2017 de fecha 01 de junio, cursante de fs. 1160 a 1164 vta., de obrados, CONFIRMANDO la sentencia apelada.

3. Fallo de segunda instancia que es recurrido en casación por Irma Ralde Vda. de Montaño por sí y por Irma Fabiola, Luis Ernesto, Sara Vanesa y Diego Rodrigo Montaño Ralde según memorial cursante de fs. 1177 a 1183 vta., de obrados, recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.

CONSIDERANDO II:

REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN

En el marco de lo preceptuado en el art. 180.II de la Constitución Política del Estado que garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, principio por el cual las partes pueden solicitar a otro juzgador superior que revise la resolución del inferior, con la finalidad de que se fiscalice no solo la decisión asumida sino también la legalidad de esta; empero, no se debe dejar de lado el hecho que este principio en determinados casos se encuentra limitado, por diferentes factores tal es el caso del recurso de casación que al ser asimilado a una nueva demanda de puro derecho, para su viabilidad o procedencia debe reunir ciertos requisitos establecidos por nuestro ordenamiento jurídico; en ese entendido y ante la vigencia plena de la Ley Nº 603 (Código de las Familias y del Proceso Familiar), corresponde a continuación, considerar los requisitos de admisibilidad que todo recurso de casación debe contener, conforme al procedimiento establecido en el art. 400 con relación a los arts. 393, 395, 396 de la mencionada ley.

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Datos del proceso

Demandante
Irma Ralde Vda. De Montaño, Irma Fabiola, Luis Ernesto, Sara Vanesa y Diego Rodrigo todos Montaño Ralde
Demandado
Mauricio Amilkar Zurita Gonzáles o Mauricio Amilkar Montaño Gonzáles.
Proceso
Nulidad de segunda filiación y de declaratoria de herederos.
Tribunal Supremo de Justicia16 de marzo de 2020AS/0194/2020-RAFuente oficial