Texto del fallo
SALA PENAL SEGUNDA
Auto Supremo Nº 195 Sucre, 8 de agosto de 2011
Expediente: La Paz 75/2008
Partes: Luís René Daza Méndez C/ Emma Rojas Tapia.
Delito: Estafa y Estelionato.
VISTOS: el recurso de casación interpuesto por Emma Rojas Tapia (fojas 203) impugnando el Auto de Vista de 21 de enero de 2008 (fojas 195 a 197) pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz en el proceso seguido por el Ministerio Público y por el acusador particular Luís René Daza Méndez contra la recurrente, con imputación por comisión de los delitos de estafa y estelionato.
CONSIDERANDO: que para los fines de emisión de la resolución que al respecto corresponda, se cuenta con los siguientes antecedentes:
1.- Al término del correspondiente juicio oral, el Tribunal de Sentencia Cuarto de la ciudad de La Paz dictó sentencia el 18 de junio de 2007 declarando a Emma Rojas Tapia autora del delito de apropiación indebida, y condenándola a la pena de tres meses de reclusión.
2.- El acusador particular Luís René Daza Méndez planteó recurso de apelación restringida contra esa sentencia el cual fue resuelto mediante el Auto de Vista mencionado en el rubro que dispuso la reposición del juicio por otro Tribunal, bajo dos fundamentos: a) Debido a que el proceso se abrió por comisión de los delitos de estafa y estelionato previstos en los artículos 335 y 337 del Código Penal, pero la encausada fue sancionada por apropiación indebida, y, b) Porque el juicio oral no fue continuo, habiendo sido suspendido por seis meses y dieciocho días lesionando los principios de inmediación y continuidad del proceso oral.
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