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TSJ

AS/0195/2020-RA

Tribunal Supremo de Justicia
16 de marzo de 2020Civil
Proceso
Resarcimiento de daños, perjuicios y lucro cesante.
Sala
Civil
Año
2020

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 195/2020-RA.

Fecha: 16 de marzo de 2020

Expediente: CB-11-20-S.

Partes: Beatriz Ferrufino Arcos y Marco Antonio Guaman Ferrufino c/ Gobierno

Autónomo Municipal de Cercado representado por José María Leyes Justiniano y el Consejo Municipal de Cercado representado por María Isabel Caero Padilla.

Proceso: Resarcimiento de daños, perjuicios y lucro cesante.

Distrito: Cochabamba.

VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 807 a 808 vta., interpuesto por Beatriz Ferrufino Arcos y Marco Antonio Guaman Ferrufino contra el Auto de Vista de 15 de octubre de 2019, de fs. 796 a 804, pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso ordinario de resarcimiento de daños, perjuicios y lucro cesante, seguido por los recurrentes contra el Gobierno Autónomo Municipal de Cercado representado por José María Leyes Justiniano y el Consejo Municipal de Cercado representado por María Isabel Caero Padilla, el Auto de concesión de 02 de marzo de 2020 cursante a fs. 814, todo lo inherente al proceso; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

Con base en la demanda cursante de fs. 59 a 63, aclarada mediante memorial cursante a fs. 71, Beatriz Ferrufino Arcos y Marco Antonio Guaman Ferrufino, iniciaron proceso ordinario de resarcimiento de daños, perjuicios y lucro cesante; acción dirigida contra el Gobierno Autónomo Municipal de Cercado representado por José María Leyes Justiniano y el Consejo Municipal de Cercado representado por María Isabel Caero Padilla, quienes una vez citados, el Gobierno Autónomo Municipal de Cercado contestó negativamente a la demanda y planteó excepciones, asimismo el Consejo Municipal de Cercado mediante su presidenta se apersonó al proceso y presentó excepciones previas; desarrollándose de esta manera el proceso hasta dictarse la Sentencia de 16 de junio de 2017, cursante de fs. 710 a 717 vta., donde la Juez Público Civil y Comercial Nº 2 de Cochabamba, declaró IMPROBADA la demanda de daños, perjuicios y lucro cesante, y PROBADA la excepción perentoria de falta de causa legítima, opuesta por los demandados.

Resolución de primera instancia que al ser recurrida en apelación por Beatriz Ferrufino Arcos y Marco Antonio Guaman Ferrufino mediante memorial cursante de fs. 720 a 722 vta., originó que la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, emita el Auto de Vista de 15 de octubre de 2019, cursante de fs. 796 a 804, que CONFIRMÓ la sentencia apelada de 16 de junio de 2017.

Fallo de segunda instancia que es recurrido en casación por Beatriz Ferrufino Arcos y Marco Antonio Guaman Ferrufino según memorial cursante de fs. 807 a 808 vta. dos, recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.

CONSIDERANDO II:

REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN

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Datos del proceso

Demandante
Beatriz Ferrufino Arcos y Marco Antonio Guaman Ferrufino
Demandado
Gobierno Autónomo Municipal de Cercado representado por José María Leyes Justiniano y el Consejo Municipal de Cercado representado por María Isabel Caero Padilla.
Proceso
Resarcimiento de daños, perjuicios y lucro cesante.
Tribunal Supremo de Justicia16 de marzo de 2020AS/0195/2020-RAFuente oficial