Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA SEGUNDA
AUTO SUPREMO Nº 196/2023
Sucre, 06 de junio de 2023
DATOS DEL PROCESO Y DE LAS PARTES
Expediente : 163/2023
Demandante : Ricardo Tomas Carracedo y otro
Demandado : Empresa La Veloz del Norte S.A.
Proceso : Beneficios Sociales
Distrito : Santa Cruz
Relator :Mgdo. Carlos Alberto Egüez Añez
I.VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 255 a 257, interpuesto por Ricardo Fernando Urquiza Gramajo en representación legal de la Empresa La Veloz del Norte S.A., contra el Auto 201 de 21 de septiembre de 2022 de fs. 248 a 252, pronunciado por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa, Administrativa y Coactiva Tributaria Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso de pago de Beneficios Sociales seguido por Ramiro Tomas Carracedo contra la Empresa recurrente; el Auto N° 17 de 02 de marzo de 2023 a fs. 262 que concedió el recurso; el Auto Supremo 163/2023-A de 28 de marzo de fs. 270 y vta. que declaró admisible el recurso de casación; los antecedentes del proceso y,
II. ANTECEDENTES PROCESALES
1. Sentencia. –
Que, tramitado el proceso laboral por pago de beneficios sociales, el Juez Quinto de Trabajo y Seguridad Social del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emitió la Sentencia N° 14/22 de 12 de abril de 2022 de fs. 215 a 221 vta. que declaró probada en parte la excepción perentoria de prescripción de la Empresa La Veloz del Norte SA. Declarando Improbada la tacha de testigos opuesta por el demandante de fs. 127 y vta. en contra de los testigos, los cuales han sido interrogados por el mismo demandante, por lo cual dio valides a las declaraciones de los mismos.
Declarando Probada en parte la demanda con costas, por haberse probado la existencia de la relación laboral entre las partes, desde el 25 de noviembre del 2005 hasta el 22 de octubre de 2015, haciendo un total de 9 años 10 meses y 27 días, ordenándose a la Empresa La Veloz del Norte SA. pague a favor del demandante los beneficios sociales por concepto de:
Desahucio de 3 meses
Bs.- 17.626,48
Indemnización
Bs.- 46.466,67
Aguinaldo y Penalidad
De la gestión 2010-2014
Gestión 2015
Bs.- 58.756,60
Bs.- 9.531,60
Vacación
Bs.- 33.738,01
Sueldos Devengados
Bs.- 4.308,81
Bono e Antigüedad
De la gestión 2007-2014
Gestión 2015
Bs.- 23.135,60
Bs.- 8.997,04
Sub Total
Bs.- 202.561,31
Multa 30%
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