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TSJ

AS/0197/2006

Tribunal Supremo de Justicia
16 de junio de 2006Penal II
Proceso
Sala
Penal II
Año
2006

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Texto del fallo

SALA PENAL SEGUNDA

AUTO SUPREMO: No. 197 Sucre, 16 de junio de 2006

DISTRITO: Cochabamba

PARTES: Ministerio Público y otra c/ Sergio Saúl Martínez

Violación a niña

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VISTOS: el recurso de casación interpuesto por Sergio Saúl Martínez de fojas 347 a 349 vuelta, impugnando el Auto de Vista de 21 de octubre de 2005, dictado por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba de fojas 328 a 329, dentro del proceso penal seguido por Betty Huanca Vargas contra el recurrente, por el delito de violación a niña, previsto en el artículo 308 bis, del Código Penal, sus antecedentes, y:

CONSIDERANDO: que el Código de Procedimiento Penal exige que, para la admisión del recurso de casación, además de cumplirse con las formalidades de una demanda nueva de puro derecho, que éste debe ser interpuesto en legal tiempo y observando los requisitos establecidos en los artículos 416 y 417 de la Ley N° 1970, referidos a la obligación de invocar precedentes contradictorios y precisar, en términos, claros la contradicción existente entre el Auto de Vista impugnado y otros Autos de Vista o Autos Supremos pronunciados por las Salas Penales de las Cortes Superiores o por la Sala Penal de la Corte Suprema en casos análogos.

Que, por otra parte, procedería la revisión excepcional de oficio cuando se compruebe la existencia de violaciones flagrantes al debido proceso o defectos absolutos de procedimiento, insubsanables en la resolución de primera instancia, tal cual disponen los artículos 370 y 169 del citado Procedimiento Penal.

CONSIDERANDO: que Sergio Saúl Martínez, mediante el recurso de casación denuncia que:

1.- El inicio del juicio Oral, sería irregular, porque el Ministerio Público ha sido apartado en virtud a la presentación extemporánea de su acusación, conforme refiere y dispone la Sentencia Constitucional Nº 1173/2004-R emergente del recurso de Habeas Corpus planteado por el recurrente; que, sin embargo de ello, la acusadora particular -madre de la víctima- habría planteado la acusación que sirvió de base al juicio Oral en su contra tramitado ante el Tribunal de Sentencia Nº 4 de la ciudad de Cochabamba; que, la eventual inasistencia de la acusadora a la audiencia de juicio, debió tener como consecuencia la declaratoria de abandono de querella, empero, habiéndose malinterpretado la declaración de la niña, en sentido de que "...ella quería proseguir el proceso", se da intervención a la Defensoría Municipal de la Niñez indebidamente.

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Datos del proceso

Demandante
Ministerio Público y otra
Demandado
Sergio Saúl Martínez
Tribunal Supremo de Justicia16 de junio de 2006AS/0197/2006Fuente oficial