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TSJ

AS/0197/2007

Tribunal Supremo de Justicia
15 de agosto de 2007Plena
Proceso
Extradición.
Sala
Plena
Año
2007

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Texto del fallo

SALA PLENA

AUTO SUPREMO: 197/2007 FECHA: 15 de agosto de 2007

EXP. N°: 206/2007

PROCESO: Extradición.

PARTE: Solicitada por la H. Embajada de la República Argentina

del ciudadano argentino Raúl Amadeo Castedo.

VISTOS EN SALA PLENA: La Nota presentada por la Embajada de la República Argentina en Bolivia R.E.B. Nº 241 de fecha 15 de mayo de 2007, solicitando la extradición del ciudadano argentino RAUL AMADEO CASTEDO, para que asuma las emergencias del proceso penal que se viene tramitando en su contra ante el Juzgado Federal de la ciudad de San Ramón de la Nueva Orán, Provincia de Salta, República Argentina, por los delitos de asociación ilícita, encubrimiento y lavado de activos de origen delictivo e infracción a los artículos 7º y 11º inciso "c" de la Ley 23.737 -acopio de municiones y armas de fuego- Estado Nacional, el Informe del Ministro Tramitador Jaime Ampuero García y;

CONSIDERANDO: Que de acuerdo con lo previsto por el artículo 30 numeral 1) del Tratado sobre Derecho Penal Internacional de Montevideo de 1889, concordante con el artículo 18 numerales 1) y 2) del Acuerdo sobre Extradición entre los Estados Parte del MERCOSUR, Bolivia y Chile de 1998, norma invocada por el País Requirente como base legal de su solicitud, los pedidos de extradición serán introducidos por los agentes diplomáticos o consulares respectivos, debiéndose en el caso de los presuntos delincuentes o de una persona no condenada, acompañar la copia legalizada de la ley penal aplicable a la infracción que motiva el pedido, del auto de detención, orden de prisión o resolución equivalente y demás antecedentes que según las Leyes del País Requirente autoricen la prisión o enjuiciamiento del reo, así como una descripción de los hechos por los cuales se solita la extradición con indicación del lugar y fecha en que ocurrieron, su calificación legal y la referencia a las disposiciones legales aplicables, tal cual disponen los artículos 19 circunstancia 3ª del Tratado de Derecho Penal Internacional de Montevideo y 18 numeral 4) inciso i) del Acuerdo de Extradición entre los Estados Parte del MERCOSUR, Bolivia y Chile, respectivamente.

CONSIDERANDO: Que del análisis de las copias legalizadas acompañadas a la solicitud formal de extradición cursantes de fojas 1 a 33 se acreditan, conforme a las exigencias precedentemente citadas, los siguientes extremos:

1).- Que contra el requerido de extradición Raúl Amadeo Castedo, por el Juzgado Federal de la ciudad de San Ramón de la Nueva Orán, Provincia de Salta, República Argentina, se viene tramitando un proceso penal por los delitos de asociación ilícita (artículo 210 del Código Penal Argentino), encubrimiento y lavado de activos de origen delictivo (artículos 277 inciso 3d, 278 incisos 1a, 1b del Código Penal Argentino), e infracción a los artículos 7º y 11º inciso "c" de la Ley 23.737 y acopio de municiones y armas de fuego (artículo 189 bis inciso 3º del Código Penal Argentino).

2).- Que, el 28 de febrero de 2007, la autoridad judicial argentina "ordena la captura nacional e internacional de Raúl Amadeo Castedo y Reinaldo Delfín Castedo".

3).- El 26 de abril de 2007, el Juez Federal de San Ramón de la Nueva Oran, Provincia de Salta, República Argentina pronunció el Auto requiriendo al Gobierno de Bolivia la extradición del ciudadano argentino Raúl Amadeo Castedo, alias "Hula", con Documento Nacional de Identidad Argentino Nº 29.074.878, sexo masculino, hijo de Reinaldo y de Blanca Nieves Aguilera, con domicilio en calle Leandro N. Alem Nº 14 esquina Saavedra de la Localidad de: "Profesor Salvador Mazza", Provincia de Salta, República Argentina, quien habría sido detenido el 20 de abril de 2007 por la Fuerza de Lucha contra el Narcotráfico en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra-Bolivia.

4).- Que, el País Requirente adjunta a su solicitud copia de la Ley Penal Argentina, en los artículos pertinentes, al haber el ciudadano requerido de extradición tipificado su conducta en los tipos penales descritos como asociación ilícita, encubrimiento y lavado de activos de origen delictivo e infracción a los artículos 7º y 11º inciso "c" de la Ley 23.737 y acopio de municiones y armas de fuego.

5).- Que la relación de los hechos, traducidos en conversaciones telefónicas, informes de la fuerza de seguridad y organismos públicos argentinos, ordenes de allanamientos, etc., hicieron presumir "prima facie" que el imputado Raúl Amadeo Castedo, alias "Hula", sería ideólogo y/o encargado y/o partícipe necesario de la organización para delinquir, a través del acopio, acondicionamiento, y transporte de sustancias estupefacientes desde Bolivia a la Argentina.

6).- Finalmente, la autoridad judicial argentina, libra el Exhorto Internacional encomendando al Tribunal Segundo de Sentencia de la R. Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz en Bolivia, a efectos de que el imputado y requerido de extradición se encuentra con orden de captura y solicita que por los conductos que corresponda se proceda a la extradición de Raúl Amadeo Castedo.

Por lo expuesto se concluye en consecuencia, que las exigencias previstas por el inciso 1 del artículo 30 del Tratado sobre Derecho Penal Internacional de Montevideo de 1889, así como los requisitos señalados en el artículo 18 numerales 1) y 2) del Acuerdo sobre Extradición entre los Estados Parte del MERCOSUR, Bolivia y Chile de 1998, se encuentran cumplidas, correspondiendo ordenar la detención del extraditable y continuar con el trámite de extradición.

POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la facultad conferida por el numeral 3) del artículo 50 de la Ley No. 1970, dispone la DETENCION PREVENTIVA CON FINES DE EXTRADICION del ciudadano argentino RAUL AMADEO CASTEDO, con Documento Nacional de Identidad Argentino Nº 29.074.878, sexo masculino, hijo de Reinaldo y de Blanca Nieves Aguilera, con domicilio en calle Leandro N. Alem Nº 14 esquina Saavedra de la Localidad de: "Profesor Salvador Mazza", Departamento San Martín, Provincia de Salta (República Argentina).

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Datos del proceso

Proceso
Extradición.
Tribunal Supremo de Justicia15 de agosto de 2007AS/0197/2007Fuente oficial