Texto del fallo
SALA PLENA
AUTO SUPREMO: 197/2008
EXP. N°: 431/2006
PROCESO: Contencioso Administrativo
PARTES: Mary Eliana Amusquívar Bermúdez contra el Superintendente General del Servicio Civil.
FECHA: 13 de agosto de 2008.
VISTOS EN SALA PLENA: El proceso contencioso administrativo seguido por Mary Eliana Amusquívar Bermúdez impugnando la Resolución Administrativa Nº SSC/IRJ/AR-059/2006 de 14 de septiembre de 2006 pronunciada por el Superintendente General del Servicio Civil, el informe de la Ministra Beatriz Sandoval de Capobianco: y
CONSIDERANDO: Que de la revisión de obrados y del informe emitido por la Secretaría de Cámara de la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación de fecha 21 de junio de 2008 cursante a fojas 33, se evidencia que con providencia de 2 de mayo de 2007 que cursa a fojas 31 se admitió la demanda, proveído notificado el 4 de mayo del mismo año; sin que la demandante se apersonara a proveer los recaudos para la citación de la autoridad demandada; en consecuencia, su inactividad procesal por más de seis meses, ha dado lugar a la perención prevista por el parágrafo I del artículo 309 del Código de Procedimiento Civil.
POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la atribución conferida por el numeral 1) del artículo 4 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA la perención de la instancia.
No interviene el señor Presidente Eddy Walter Fernández Gutiérrez por encontrarse ausente cumpliendo comisión oficial.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
Mostrando 11 de 22 parrafos.