Texto del fallo
SALA PLENA
AUTO SUPREMO: 197/2009
EXP. N°: 354/2008
PROCESO: Contencioso Administrativo
PARTES: Fondo de Desarrollo Comunal (FONDECO) representada por Maria Eugenia Moscoso Moreno contra el Superintendente Tributario General.
FECHA: 1 de junio de 2009.
VISTOS EN SALA PLENA: La demanda contencioso administrativa presentada por el Fondo de Desarrollo Comunal (FONDECO), representada por María Eugenia Moscoso Moreno por la que impugna la Resolución Administrativa Nº STG-RJ/0154/2008 de fecha 3 de marzo de 2008, pronunciada por el Superintendente Tributario General, el informe de la Ministra Tramitadora Beatriz Sandoval de Capobianco y;
CONSIDERANDO: Que de la revisión de obrados se evidencia que con providencia de fojas 62, emitida el 17 de septiembre de 2008, este Tribunal Supremo admitió la demanda presentada y que a partir de esa fecha el demandante no se apersonó a instar la prosecución del proceso, carga procesal que le correspondía; en consecuencia, su inactividad procesal por más de seis meses, ha dado lugar a la perención prevista por el parágrafo I del artículo 309 del Código de Procedimiento Civil.
POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la atribución conferida por el numeral 1) del artículo 4 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA la perención por abandono.
Regístrese, notifíquese y cúmplase.
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