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TSJ

AS/0198/2015

Tribunal Supremo de Justicia
9 de julio de 2015Social 2daMag. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
Proceso
Sala
Social 2da
Año
2015

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Texto del fallo

SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA

SEGUNDA

Auto Supremo Nº 198/2015.

Sucre, 09 de julio de 2015.

Expediente: SC-CA.SAII-OR.11/2015.

Distrito: Oruro.

Magistrado Relator: Dr. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano.

VISTOS: El recurso de nulidad cursante de fs. 212 a 213 interpuesto por Iver Ayaviri Díaz, en representación legal del Servicio Departamental de Caminos Oruro (SEDCAM), contra el Auto de Vista Nº 111/2014 de 1 de diciembre, cursante de fs. 208 a 210, emitido por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dentro del proceso laboral seguido por Walter Colque Arias, contra las entidad recurrente, la respuesta a fs. 216, el auto a fs. 217 que concedió el recurso; los antecedentes procesales y;

CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Primero de Partido de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Oruro, pronunció la Sentencia Nº 010/2014 de 21 de febrero, cursante de fs. 124 a 129, declarando probada en parte la demanda de fs. 19 a 20, aclarada a fs. 26 y 29, en lo que corresponde a la devolución de monto retenido y la actualización y multa del 30% por retraso en el pago de beneficios sociales, e improbada en lo relativo a la reliquidación de beneficios sociales por el tiempo de 9 años, 2 meses y 26 días. Sin costas por ser institución estatal. Consecuentemente se dispone que el Servicio Departamental de Caminos dentro del tercero día de ejecutoriada esta resolución cancele a través de su representante legal al demandante la suma de Bs.9.310,71.

En grado de apelación deducida por el representante de la entidad demandada a fs. 193, la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, emitió Auto de Vista Nº 111/2014 de 1 de diciembre, de fs. 208 a 210, deliberando en el fondo declaran improcedente el recurso planteado por la parte demandada Servicio Departamental de Caminos Oruro (SEDCAM), a través de su representante legal, en su mérito confirman la Sentencia Nº 010/2014, emitida por el Juez de Partido Primero del Trabajo y Seguridad Social.

Dicho fallo motivó el recurso de nulidad de fs. 212 a 213 interpuesto por SEDCAM Oruro, a través de su representante legal Iver Ayaviri Díaz, quien refiriéndose a los antecedentes procesales, denunció:

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Datos del proceso

Magistrado relator
Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano

Descriptores

Derecho del Trabajo / Derecho Procesal del Trabajo / Recursos / Casación / Improcedencia /Infundado / Carencia recursiva / Por no especificar los agravios en que hubiese incurrido el Tribunal de Alzada
Tribunal Supremo de Justicia9 de julio de 2015AS/0198/2015Fuente oficial