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TSJReiteradora

AS/0198/2018

Tribunal Supremo de Justicia
7 de mayo de 2018Social 1eraMag. Maria Cristina Diaz Sosa

Derecho Tributario / Derecho Procesal Tributario / Elementos comunes de procedimiento / Principios / Legalidad

El recurrente señala que el Tribunal Ad quem se limitó a explicar que la jueza de primera instancia habría incurrido en una mala e impertinente exigencia de cumplimiento del art. 155 del CTB, sin embargo, este debió haber anulado la sentencia, y no incongruentemente confirmarla, provocando que se em...

Proceso
RECURSO DE CASACIÓN/CONTENCIOSO TRIBUTARIO
Sala
Social 1era
Año
2018

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA

Auto Supremo Nº 198

Sucre, 7 de mayo de 2018

Expediente : 80/2017

Demandante : Restaurante El Mundito

Demandado : Gerencia Distrital del SIN de Chuquisaca

Proceso : Contencioso Tributario

Departamento : Chuquisaca

Magistrado Relator : María Cristina Díaz Sosa

VISTOS: El recurso de casación de fs. 179 a 186, interpuesto por la Gerencia Distrital Chuquisaca del Servicio de Impuestos Nacionales, legalmente representada por Grover Castelo Miranda, a través de la cual impugna el Auto de Vista Nº 008/2017 de 3 de enero de 2017 (fs. 172 a 174 vta.), pronunciado por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro del proceso contencioso tributario, seguido por la entidad recurrente contra el Restaurante El Mundito representado por Alejandro Alanes Ponce; el Auto de fs. 189 vta. que concedió el recurso de casación; el Auto Supremo Nº 80-A de fs. 196 y vta. que declaró admisible el recurso; los antecedentes del proceso y:

I. Antecedentes del Proceso.

Sentencia.

Que, tramitado el proceso contencioso tributario, la Jueza Tercera en materia Administrativa, Coactiva Fiscal y Tributaria de la ciudad de Sucre, pronunció la Sentencia Nº 9/2015 de 28 de agosto de 2015 de fs. 116 a 121, que declaró Probada la demanda de fs. 7 a 10, sin costas, e Improbada la excepción de vencimiento de plazo, disponiéndose se deje sin efecto la Resolución Sancionatoria Nº 18-000102-14 de 2 de abril de 2014, debiendo la Administración Tributaria, emitir nueva resolución, conforme a la responsabilidad del titular de la factura, conforme a las disposiciones legales expresadas y vigentes. Asimismo en aplicación del art. 197 del CPC, sin perjuicio de que se recurra en recurso de apelación, se remite en consulta al superior en grado Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca.

Auto de Vista.

En grado de apelación deducida por el ahora demandante de fs. 126 a 132, la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, emitió el Auto de Vista Nº 158/2016 de fs. 143 a 144, que confirmó totalmente la Sentencia; contra dicho auto de vista se interpuso recurso de casación que fue resuelto mediante Auto Supremo Nº 346 de 24 de octubre de 2016, que Anuló obrados, disponiendo se emita un nuevo auto de vista.

En cumplimiento al Auto Supremo, se emitió el Auto de Vista Nº 008/2017 de 3 de enero de 2017 de fs. 172 a 174 vta., que confirmó totalmente la Sentencia Nº 9/2015. Sin costas.

Argumentos del recurso de casación.

Contra el auto de vista la parte demandada formuló recurso de casación en la forma de fs. 179 a 186, en el que acusó:

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Máxima

PRINCIPIO DE LEGALIDAD/ El principio de legalidad tributaria tiene que ver con que no se pueden imponer contribuciones si no están establecidas previamente mediante Ley. Este principio ayuda a que la autoridad no ejerza su poder de manera arbitraria ante los contribuyentes, puesto que la actuación de la autoridad queda limitada a lo que se establece en Ley,

Datos del proceso

Demandante
Restaurante El Mundito
Demandado
Gerencia Distrital del SIN de Chuquisaca
Proceso
RECURSO DE CASACIÓN/CONTENCIOSO TRIBUTARIO
Magistrado relator
Maria Cristina Diaz Sosa

Precedente

Artículo 155 del Código Tributario Boliviano

Tribunal Supremo de Justicia7 de mayo de 2018AS/0198/2018Fuente oficial