Texto del fallo
SALA PENAL
AUTO SUPREMO No 203 Sucre 3 de abril de 2004
DISTRITO: Potosí
PARTES: José Javier Ortubé Laredo c/ Maritza Helen Téllez Medina,
difamación, calumnia e injuria.
VISTOS: El recurso de casación de fs. 78-82, interpuesto por José Javier Ortubé Laredo, impugnando el Auto de Vista de fs. 68-70 vlta. de fecha 15 de marzo del año en curso, pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, dentro del juicio penal oral, público y contradictorio, seguido por el recurrente contra Maritza Helen Téllez Medina, por los delitos de Difamación, calumnia e injuria, previsto por los arts. 282, 283 y 287 del Código Penal; sus antecedentes; y
CONSIDERANDO: Que la procedencia del recurso de casación indefectiblemente deben cumplirse con los requisitos establecidos en los arts. 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal; es decir, que al interponer la apelación restringida debe invocarse el precedente contradictorio, señalando en casación la contradicción del fallo impugnado, con precedentes jurisprudenciales emitidos por las Salas Penales de las Cortes Superiores de Distrito, bien por la Sala Penal de la Corte Suprema, acompañando para el efecto copia del recurso de apelación restringida, a objeto de verificar si se han cumplido con los requisitos de ley.
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