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TSJ

AS/0204/2011

Tribunal Supremo de Justicia
9 de junio de 2011Social 2daMag. Beatriz Sandoval
Proceso
Social
Sala
Social 2da
Año
2011

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Texto del fallo

SALA SOCIAL Y ADM. II. AUTO SUPREMO: Nº 204

Sucre, 9 de junio de 2011

DISTRITO: Santa Cruz PROCESO: Social

PARTES: José Luís Javier López c/ Universidad Autónoma Gabriel René Moreno

MINISTRA RELATORA: Beatriz Sandoval de Capobianco.

VISTOS: El recurso de casación y de nulidad de fs. 81-83, interpuesto por Grover Max Calero Montaño, en representación legal de la Universidad Autónoma Gabriel René Moreno, contra el Auto de Vista Nº 038 de 2 de febrero de 2007 (fs. 69-70), pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del proceso social iniciado por José Luís Javier López, contra la institución que representa el recurrente, los antecedentes del proceso y

CONSIDERANDO: Que tramitado el proceso laboral, la Juez Cuarto de Trabajo y Seguridad Social de Santa Cruz, pronunció la Sentencia Nº 20 de 23 de marzo de 2006 (fs. 53-55), declarando improbada la demanda de reincorporación, sin costas y al haberse comprobado la existencia de la relación laboral, dispuso que la institución demandada, pague a favor del actor la suma de Bs. 17.757, por concepto desahucio e indemnización, con la actualización y reajuste dispuesto en el art. 2 del D.S. Nº 23381 de 29 de diciembre de 1992.

En grado de apelación formulado por el demandante José Luís Javier López (fs. 60), la sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, emitió el Auto de Vista Nº 038 de 2 de febrero de 2007 (fs. 69-70), confirmando la Sentencia de fs. 53 a 55, con costas.

Este fallo motivó el recurso de casación y nulidad interpuesto por Grover Max Calero Montano, en representación legal de la Universidad Autónoma Gabriel René Moreno (fs. 81-83), que se analiza.

CONSIDERANDO II: Que del examen de los antecedentes se establece que la juez a quo en la sentencia de primera instancia, declaró improbada la demanda de reincorporación pero otorgó el actor beneficios sociales, sentencia que fue solamente apelada por la parte demandante y que no mereció observación alguna por parte de la Universidad demandada, habiendo sido confirmada esa resolución sin modificación alguna.

Ahora en casación, la representación de la Universidad Autónoma Gabriel René Moreno, pretende recién hacer valer los derechos que pudo observar en el recurso de apelación que reconoce el art. 205 del Cód. Proc. Trab.

Al respecto, la norma prevista en el inc. 2) del art. 262 del Cód. Pdto. Civ., referido a la competencia para negar la concesión del recurso establece que el tribunal o juez de segundo grado deberá negar la concesión del recurso de casación y declarar ejecutoriada la sentencia:

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Datos del proceso

Demandante
José Luís Javier López
Demandado
Universidad Autónoma Gabriel René Moreno
Proceso
Social
Magistrado relator
Beatriz Sandoval
Tribunal Supremo de Justicia9 de junio de 2011AS/0204/2011Fuente oficial