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TSJ

AS/0205/2014

Tribunal Supremo de Justicia
16 de julio de 2014Social 1eraMag. Pastor Segundo Mamani Villca
Proceso
Sala
Social 1era
Año
2014

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA PRIMERA

Auto Supremo Nº 205

Sucre, 16 de julio de 2014

Expediente: 47/2014-A

Demandante: Virginia Flores Arana

Demandado: Servicio Nacional del Sistema de Reparto

Distrito : Santa Cruz

Magistrado Relator: Dr. Pastor Segundo Mamani Villca

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VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Virginia Flores Arana de fs. 487 a 490, contra el Auto de Vista de 25 de junio de 2013 cursante a fs. 477 y vta., pronunciado por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso de Calificación de Renta de Viudedad seguido por Virginia Flores Arana a la muerte de Arnoldo Justiniano Faldin en contra del Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR); la respuesta de fs. 494 a 496; el Auto a fs. 503 que concedió el recurso; los antecedentes del proceso; y:

CONSIDERANDO I:

I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

I.1 Resolución Administrativa

Tramitado el proceso de Reclamación, la Comisión de Reclamación compuesta por el Jefe de Unidad de Asesoría a.i. y el Director General Ejecutivo a.i. ambos del SENASIR de la ciudad de La Paz, emitió la Resolución Nº 00615/2012 de 07 de noviembre, cursante de fs. 447 a 449, por la que resuelve confirmar la Resolución Nº 00005798 de 18 de junio de 2012, emitida por la Comisión de Calificación de Rentas, cursante de fs. 417 a 419 de obrados por estar dispuesta conforme a las disposiciones que rigen la materia.

I.2 Auto de Vista

Interpuesto el recurso de apelación por la demandante de fs. 458 a 459, mediante Auto de Vista de 25 de junio de 2013 cursante a fs. 477 y vta., pronunciado por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, confirmó la Resolución Nº 00615/2012 de 7 de noviembre, cursante de fs. 447 a 449, pronunciada por la Comisión de Reclamación de Rentas.

II. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN

De la revisión de los recursos de casación, se extrae como motivos de los mismos, los siguientes:

Refiere que, en el Auto de Vista recurrido hubo violación, interpretación errónea y aplicación indebida de la Ley; así como error de hecho y de derecho en la apreciación de las pruebas por lo que, interpone el presente recurso de casación en el fondo señalando que los señores Vocales, transgredieron, interpretaron y aplicaron erróneamente la ley al indicar que; su esposo no tenía libertad de estado y que continuaba casado con Susana Cáceres Cossio, restando validez al proceso familiar de unión libre o de hecho iniciado al fallecimiento de Arnoldo Justiniano Faldin; asimismo que se vulneró lo establecido por el art. 236 del Código de Procedimiento Civil (CPC), porque en el Auto de Vista Recurrido se transcribió los argumentos de la Resolución Nº 00615/2012 de 7 de noviembre y no se tomó en cuenta los agravios y pruebas presentadas por la impetrante, como ser el testimonio del proceso judicial de unión libre con sentencia; refiere que el Auto de Vista recurrido no puede restar valor a un proceso judicial de unión libre toda vez que mientras no se declare su nulidad, el mismo contiene el valor que le otorga el art. 1534 del Código Civil (CC) consecuentemente dicha Sentencia no puede quedar sin valor menos aun si el indicado Auto de Vista refiere que, la Resolución judicial pre citada no goza de calidad reconocida por los arts. 1319, 1415 y 515 del CC, normativa que no guarda relación y no es aplicable al presente proceso; asimismo se ha transgredido los arts. 158 y 159 del Código de Familia (CF) en lo que respecta a los efectos que tiene el concubinato que, son los mismos del matrimonio y que en el caso presente fue desde 1973 es decir por más de 36 años, que dio origen a la posesión de estado, por el que el hombre y la mujer se tratan como esposos y son reconocidos como tales por la familia y la sociedad, aspectos que no fueron valorados por el Tribunal a quo puesto que esta posesión de estado de los esposos se determinó por factores que hacen suponer la existencia del vínculo matrimonial.

Refiere que si bien en cierto que su esposo se encontraba casado con Susana Cáceres Cossio desde 5 de abril de 1959, esta se casó por segunda vez con Iván Chávez Chávez el 05 de diciembre de 1973, por lo que su esposo al iniciar la relación de concubinato con la demandante ya se encontraba separado y existió posesión continua de los esposos. Señala que al privarle de la renta de viudez se vulneran los arts. 45.I, II y III de la Constitución Política del Estado (CPE) en lo que concierne al derecho que tiene de acceder a la Seguridad Social de Viudez, art. 62, 63.II de la CPE en lo que concierne a la obligación del estado de proteger a la familia bajo la igualdad de los derechos y oportunidades; y art. 68.II de la norma citada que prohíbe y sanciona toda forma de maltrato, abandono, violencia y discriminación a las personas adultas mayores; asimismo señala que se vulneró el principio de la verdad material dispuesto por el art. 180.I de la CPE y 30.11 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ) que obliga a las autoridades fundamentar sus resoluciones con la prueba relativa a los hechos y circunstancias debiendo dar prevalencia a la verdad pura de los hechos antes de incurrir en ritualismos procesales que no conducen a una correcta aplicación de la justicia. Finalmente refiere que no se ha valorado la prueba presentada como los certificados de nacimiento de los hijos, el proceso de unión libre realizado en el Juzgado de Instrucción de Familia y el informe social del SENASIR, que demuestran que la demandante convivió libre, consentida y permanentemente con su esposo.

II.1 Petitorio

Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia case el Auto de Vista Nº 169 de 25 de junio de 2013 y revoque la resolución Nº 00615 de 7 de noviembre de 2012 y se ordene al SENASIR la calificación de su Renta Única de Viudedad y sea con carácter retroactivo.

CONSIDERANDO II:

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

Que así expuestos los fundamentos del recurso, se establece lo siguiente:

Sobre la inadecuada valoración de la prueba presentada para la obtención de renta de viudedad

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Datos del proceso

Demandante
Virginia Flores Arana
Demandado
Servicio Nacional del Sistema de Reparto
Magistrado relator
Pastor Segundo Mamani Villca
Tribunal Supremo de Justicia16 de julio de 2014AS/0205/2014Fuente oficial