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TSJReiteradora

AS/0205/2021

Tribunal Supremo de Justicia
6 de abril de 2021Social 1eraMag. José Antonio Revilla Martinez

Derecho del Trabajo / Derecho Laboral Sustantivo / Principios / Protector

Los recurrentes señalan que el Tribunal de alzada, incurrió en falta grave procesal al abrir su competencia sobre aspectos que no fueron objetados por el demandante en su apelación, el art. 265-I del Código Procesal Civil, señala que: “el auto de vista deberá circunscribirse a los puntos resueltos p...

Proceso
Beneficios Sociales
Sala
Social 1era
Año
2021

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA

Auto Supremo Nº 205

Sucre, 6 de abril de 2021

Expediente : 027/2021-S

Demandante : Hernán Freddy Justiniano Richter

Demandado : Empresa Distribuidora “N & L”

Proceso : Beneficios Sociales

Departamento : Santa Cruz

Magistrado Relator : Lic. José Antonio Revilla Martínez

VISTOS: El recurso de casación de fs. 121 a 123, interpuesto por la Empresa Distribuidora “N & L”, representada por Nelson Parada Dorado y Leticia Tórrez de Parada, contra el Auto de Vista Nº 58 de 19 de agosto de 2020 de fs. 113 a 116, emitido por la Sala en Materia de Trabajo y Seguridad Social Primera del Tribunal Departamental de Santa Cruz, dentro del proceso de beneficios sociales seguido por Hernán Freddy Justiniano Richter, contra la Empresa recurrente; la contestación de fs. 126 a 127; el Auto Nº 49 de 11 de noviembre de 2020 de fs. 130 que concedió el recurso; el Auto de 15 de enero de 2021 de fs. 139 que admitió el recurso de casación; los antecedentes del proceso y todo lo que ver convino:

I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

Sentencia.

Tramitado el proceso de referencia, la Juez Tercero de Trabajo y Seguridad Social de Santa Cruz de la Sierra, emitió la Sentencia Nº 59/2019 de 25 de noviembre de 2019, de fs. 89 a 95, declarando IMPROBADA la excepción perentoria de pago documentado y PROBADA EN PARTE la demanda, sin costas, disponiendo que la parte demandada pague a favor del actor, la suma de Bs.27.399,60.- (Veintisiete mil trecientos noventa y nueve 60/100 Bolivianos), por concepto de:

Fecha de ingreso : 12 de febrero de 2014

Fecha de retiro : 04 de mayo de 2017

Tiempo : 3 años, 2 meses y 22 días

Sueldo Promedio Indemnizable (SPI) : Bs.3.800.-

Desahucio (3 meses) : Bs.11.400,00.-

Indemnización (3 años 2 meses y 22 días) : Bs. 12.265,55.-

Aguinaldo G/2014: (10 meses y 18 días) : Bs.3.356,67.-

G/2015: : Bs.3.800,00.-

G/2016: : Bs.3.800,00.-

TOTAL : Bs.10956,67.-

Bono de antigüedad: Gestión/2016 (10 meses y 18 días) : Bs.956,65.

Gestión/2017 (4 meses y 4 días) : Bs.113,13.-

TOTAL : Bs.1.069,78

CUADRO FINAL

TOTAL : Bs.35.692,00.-

MULTA 30% : Bs.10.707,60.-

SUBTOTAL : Bs.46.399,60.-

PAGO A CUENTA : Bs.19.000,00.-

GRAN TOTAL : Bs.27.399,60.-

Auto de Vista

En grado de apelación deducido por el actor de fs. 97 a 98, la Sala en Materia de Trabajo y Seguridad Social Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, mediante Auto de Vista Nº 58 de 19 de agosto de 2020 de fs. 113 a 116, REVOCÓ PARCIALMENTE la Sentencia apelada con costas, realizando un nuevo cálculo de los beneficios sociales; y por consiguiente, declaró PROBADA en parte la demanda, manteniéndose firme todo lo demás resuelto; en consecuencia, dispuso que la parte demandada, cancele a favor de la actora, la suma de Bs.67.669,03.- (Sesenta y siete mil seiscientos sesenta y nueve 03/100 Bolivianos), por concepto de desahucio, indemnización, aguinaldos, aguinaldos esfuerzo por Bolivia, bono de antigüedad, primas anuales menos pago cuenta y la multa del 30%.

II. RECURSO DE CASACION

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Máxima

PRINCIPIO IN DUBIO PRO OPERARIO/ Las disposiciones sociales y laborales deben aplicarse bajo los principios de protección de los trabajadores, siendo su finalidad buscar la protección y la tutela de los derechos de los trabajadores; el Estado, a través de las autoridades que imparten justicia, no basa sus acciones necesariamente en la paridad jurídica; sino, en la favorabilidad del trabajador.

Datos del proceso

Demandante
Hernán Freddy Justiniano Richter
Demandado
Empresa Distribuidora “N & L”
Proceso
Beneficios Sociales
Magistrado relator
José Antonio Revilla Martinez

Precedente

Artículo 48 – II de la Constitución Política del Estado

Tribunal Supremo de Justicia6 de abril de 2021AS/0205/2021Fuente oficial