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TSJ

AS/0207/2014

Tribunal Supremo de Justicia
11 de noviembre de 2014Social LiquidadoraMag. María Arminda Ríos García
Proceso
Sala
Social Liquidadora
Año
2014

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Texto del fallo

AUTO SUPREMO Nº 207/2014

Sucre, 11 de noviembre de 2014

EXPEDIENTE:        S.139/2010

DISTRITO:                 Cochabamba

VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fojas 87 a 88, interpuesto por Iván Mendoza Olivares, del Auto de Vista Nº 360/2009 de 22 de diciembre de 2009 de fojas 84 a 85, emitido por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del proceso social por cobro de beneficios sociales seguido por Leonardo Callejas Nina contra el recurrente, el Auto de concesión del recurso de fojas 90, los antecedentes del proceso, y;

CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, el Juez Tercero de Partido de Trabajo y Seguridad Social de Cochabamba, dictó la Sentencia de 21 de abril de 2008 (fojas 66 a 69), declarando PROBADA EN PARTE la demanda de fojas 5 a 6 y ampliada a fojas 9, respecto a las duodécimas de aguinaldo de la gestión 2007 doble por su incumplimiento, duodécimas de prima de la gestión 2007 y devolución de descuentos indebidos efectuados por 7 días feriados correspondientes al 19 y 20 de febrero, por las fiestas de carnaval, viernes santo 1 de mayo, 6 de agosto, 14 de septiembre y todos santos e IMPROBADA, respecto de los conceptos de desahucio e indemnización por tiempo de servicio, asimismo IMPROBADA respecto a Roxana Yuli Aldazosa Calzada, en consecuencia ordena que el demandado Iván Mendoza Olivares, cancele dentro de tercero día de ejecutoriada la Sentencia, la suma de Bs. 4.920 a favor de Leonardo Callejas Nina, bajo conminatoria de ley, más las actualizaciones y multa del 30% previsto en el artículo 9 del Decreto Supremo Nº 28699 de 1 de mayo de 2006, conforme sigue:

LEONARDO CALLEJAS NINA

Fecha de ingreso: 10 de enero de 2007 al 10 de noviembre de 2007

Tiempo de trabajo: 10 meses

Salario promedio indemnizable: Bs. 1.800

Duodécimas de aguinaldo doble por su incumplimiento

gestión 2007 (10 meses):                                                     Bs.   3.000

Primas gestión 2007 (10 meses):                                        Bs.   1.500

Correspondiente al 19, 29 de febrero, viernes santo,

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Datos del proceso

Magistrado relator
María Arminda Ríos García
Tribunal Supremo de Justicia11 de noviembre de 2014AS/0207/2014Fuente oficial