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TSJReiteradora

AS/0208/2021

Tribunal Supremo de Justicia
16 de marzo de 2021Social 2daMag. Carlos Alberto Egüez Añez

Derecho del Trabajo / Derecho Procesal del Trabajo / Elementos comunes de procedimiento / Prueba / Inversión de la prueba en el empleador

La parte recurrente menciona que el Estatuto de la Línea Sindical Flota Pullman Punata en que en su art. 3 se establece que la misma se constituye en una asociación sin fines de lucro (…), de igual manera el art. 49 de la ley 843 dispone que las entidades o instituciones no lucrativas están libres d...

Proceso
proceso por pago de beneficios sociales
Sala
Social 2da
Año
2021

Texto del fallo

SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA

SEGUNDA

Auto Supremo Nº 208/2021

Sucre, 16 de marzo de 2021

Expediente: SC-CA.SAII- CBBA. 457/2020.

Distrito: Cochabamba.

Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez

VISTOS: El recurso de casación de fs. 118 a 119 vta., interpuesto por Maribel Quinteros Peredo en representación legal de Héctor Omar Quinteros Peredo representante de la Línea Sindical Flota Pullman Punata, contra el Auto de Vista Nº 075/2020 de 26 de junio de fs. 111 a 115 vta., pronunciado por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso por pago de beneficios sociales seguido por Jesika Clemente Ortiz contra la empresa recurrente, el Auto de 30 de octubre de 2020 a fs. 125 que concedió el recurso, el Auto Supremo Nº 457/2020-A de 24 de noviembre de fs. 132 y vta., que admitió la casación, los antecedentes del proceso; y

CONSIDERANDO I:

I. 1. Antecedentes del proceso.

I.1.1. Sentencia.

Que, tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social Cuarto del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, emitió la Sentencia N° 48/2018 de 3 de diciembre de fs. 89 a 95, declarando PROBADA EN PARTE la demanda de fs. 13 a 14, aclarada a fs. 17, respecto al pago de desahucio, indemnización segundo aguinaldo “Esfuerzo por Bolivia” de las gestiones 2014 y 2015 en forma doble por su incumplimiento, vacaciones del 1 de julio de 2015 al 28 de marzo de 2017, primas de las gestiones 2013, 2014, 2015 y 2016 y multa del 30%, e IMPROBADA en cuanto a la cancelación de las vacaciones del 1 de julio de 2013 al 30 de junio de 2015 y de la prima de la gestión 2017,conminándose a la Línea Sindical Flota Pullman Punata pague los beneficios sociales por concepto de:

Fecha de Ingreso: 01 de julio de 2013

Fecha de Despido: 28 de marzo de 2017

Tiempo de Servicio: 3 años, 8 meses y 27 días

Sueldo Promedio: Bs. 1000

Desahucio

Indemnización

Segundo Aguinaldo 2014

Segundo Aguinaldo 2015

Vacación

Primas

TOTAL

Bs. 2000

Bs. 3.741,66

Bs. 2.000

Bs. 2.000

Bs. 870,66

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Máxima

INVERSIÓN DE LA PRUEBA/En materia laboral rige el principio de inversión de la prueba correspondiendo al empleador desvirtuar los hechos afirmados por el trabajador, siendo simplemente una facultad del trabajador la de ofrecer prueba, más no una obligación.

Datos del proceso

Demandante
Jesika Clemente Ortiz
Demandado
Línea Sindical Flota Pullman Punata
Proceso
proceso por pago de beneficios sociales
Magistrado relator
Carlos Alberto Egüez Añez

Precedente

Articulo181 del Código Procesal del Trabajo .

Tribunal Supremo de Justicia16 de marzo de 2021AS/0208/2021Fuente oficial