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TSJ

AS/0209/2011

Tribunal Supremo de Justicia
30 de junio de 2011Social 1eraMag. Hugo Suarez Calbimonte
Proceso
Sala
Social 1era
Año
2011

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Texto del fallo

SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA PRIMERA

Expediente Nº S-262/2008

AUTO SUPREMO Nº 209 Social Sucre, 30 de junio de 2011.

DISTRITO: La Paz

PARTES: Fabiana Elfi Ríos Zanbrana c/ AEROSUR S. A.

VISTOS: Los recursos de nulidad y casación de fs. 156-158 y 161-163, interpuestos por Oscar Vargas Claure, en representación de AEROSUR S.A. y Fabiana Elffy Ríos Zambrana respectivamente, contra el Auto de Vista Nº 113/2007 de 4 de mayo de 2007 (fs. 151-152), pronunciado por la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso social seguido por Fabiana Elffy Ríos Zambrana, contra AEROSUR S.A., la respuesta al segundo recurso de fs. 166-167, el auto que concedió los recursos, los antecedentes del proceso y

CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso social, el Juez Primero de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz, en cumplimiento del Auto de Vista Anulatorio Nº 146/03/SSA-I de fs. 118, emitió la Sentencia Nº 110/2003 de 24 de diciembre de 2003 (fs. 124-128), declarando probada en parte la demanda de fs. 7-8, con costas, disponiendo que la empresa demandada a través de su representante legal, pague a favor de la actora la suma de Bs. 7.754,14 por concepto de vacación, subsidios de natalidad, pre y post natal (12 meses).

En grado de apelación deducida por la demandante (fs. 133-136), por Auto de Vista Nº 113/2007 de 4 de mayo de 2007 (fs. 151-152), emitido por la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, confirmó en parte la Sentencia Nº 110/2003 de fs. 124-128), disponiendo que AEROSUR, cancele a favor de la actora Bs. 16.239,94, por concepto de indemnización, desahucio, vacación, aguinaldo, subsidios de natalidad, pre natal y de lactancia.

Dicho fallo motivó los recursos de nulidad y casación de fs. 156-158 y 161-163, planteados por ambas partes, en los que acusaron:

El recurso de nulidad interpuesto por Oscar Vargas Claure, en representación de AEROSUR S.A., manifestó que el tribunal de apelación, al emitir el auto de vista recurrido, violentó el mandato contenido en el art. 236 del Cód. Pdto. Civ., porque de manera ultra petita dilucidó la controversia en el fondo, sin tener facultades expresas, puesto que no podían pronunciarse más allá de lo apelado por la parte demandante, pues la apelación sólo se refería al subsidio de lactancia y no así sobre el vínculo laboral, el desahucio y la indemnización y sin embargo de manera arbitraria e impertinente, vulnerando el procedimiento, asumieron facultades extraordinarias a fin de compensar a la actora en detrimento de la parte demandada.

Concluyó solicitando que este tribunal anule el auto de vista recurrido disponiendo se emita un nuevo fallo.

El recurso de casación interpuesto por la actora Fabiana Ellfy Ríos Zambrana (fs. 161-163), manifestando lo establecido en el art. 193 de la C.P.E., referente a la protección ejercida por el Estado del matrimonio, la familia y la maternidad, siendo un mandato imperativo a todos los órganos, instituciones y autoridades del mismo, indicando también que de la Ley Nº 975, protege a las mujeres trabajadoras embarazadas, concediéndoles inamovilidad laboral que debe ser respetado por todas las autoridades del poder público.

Concluyó solicitando que este tribunal case el "recurso" y dispongan el pago de beneficios sociales tal como lo evaluó e hizo la primera sentencia.

CONSIDERANDO II: Que así formulados los recursos ingresando al análisis de sus fundamentos, se establece lo siguiente:

Resolviendo el recurso de nulidad, interpuesto por Oscar Vargas Claure, en representación de AEROSUR S.A. (fs. 156-158), en el que se denunció la violación del art. 236 del Cód. Pdto. Civ., que determina el marco al cual debe circunscribirse el auto de vista, de modo que el tribunal de apelación no incurra en extralimitación de sus poderes ni en denegación de justicia, ya sea resolviendo "ultra petita" o "infra petita".

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Datos del proceso

Demandante
Fabiana Elfi Ríos Zanbrana
Demandado
AEROSUR S. A.
Magistrado relator
Hugo Suarez Calbimonte
Tribunal Supremo de Justicia30 de junio de 2011AS/0209/2011Fuente oficial