Texto del fallo
SALA PENAL PRIMERA
AUTO SUPREMO: No. 211-I Sucre 15 de febrero de 2007
DISTRITO: La Paz
PARTES : Ministerio Público c/ Dionisio Ticona Alcón.
Estafa.
A, 15 de febrero de 2007, Sucre
VISTOS: El recurso de casación de fojas 295 a 299 interpuesto por Dionisio Ticona Alcón contra el Auto de Vista Nº 01 de 05 de enero de 2007 de fojas 278 a 279 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda de la R. Corte Superior de Distrito de La Paz, dentro el proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el recurrente, por el delito de estafa tipificado en el Art. 335 del Código Penal, los antecedentes; y
CONSIDERANDO: Que, contra el Auto de Vista confirmatorio de la Sentencia Nº 20/2006 de 22 de junio de 2006 de fojas 206 a 211 que declara al imputado Dionisio Ticona Alcón autor de la comisión del delito de estafa tipificado en el Art. 335 del Código de Procedimiento Penal, condenándolo a sufrir la pena privativa de libertad de cuatro años de reclusión en la Penitenciaría de "San Pedro" de la ciudad de La Paz, más daños y perjuicios y costas al Estado. El imputado Dionisio Ticona Alcón interpuso recurso de casación afirmando en base a varios Autos Supremos transcritos de ser injusta e ilegal; de haber incurrido en defectos absolutos previstos en los Arts. 169-3) y 370 del Código de Procedimiento Penal y la incongruencia prevista en el Art. 362 del mismo cuerpo legal, de haber omitido pronunciamiento sobre el delito de estelionato, de haber revalorizado la prueba sin tener competencia, de haberse suspendido el proceso solamente con referencia a la coprocesada y prosiguiendo sólo con él. En Base a estos fundamentos solicitó se deje sin efecto el auto de vista recurrido y se pronuncie uno nuevo en su lugar.
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