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TSJ

AS/0211/2014

Tribunal Supremo de Justicia
12 de noviembre de 2014Social LiquidadoraMag. Delfín Humberto Betancourt Chinchilla
Proceso
Sala
Social Liquidadora
Año
2014

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Texto del fallo

AUTO SUPREMO Nº 211/2014

Sucre, 12 de noviembre de 2014

EXPEDIENTE:        S.133/2010

DISTRITO:                 Santa Cruz

VISTOS: El recurso de casación de fojas 55 a 57, interpuesto por Lourdes Adelayda Vargas de Arano Peredo y María Cecilia Arano Peredo, del Auto de Vista de 22 de agosto de 2009 (fojas 51 y vuelta), pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del proceso social por pago de beneficios sociales y otros, seguido por Felicia Flores contra las recurrentes, el memorial de respuesta de fojas 59 y vuelta, el Auto de fojas 61 que concedió el recurso, los antecedentes del proceso; y,

CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Tercero de Partido de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Santa Cruz, emitió la Sentencia  de 31 de marzo de 2009 (fojas 31 a 34), declarando PROBADA  EN PARTE la demanda cursante a fojas 3 a 4 vuelta de obrados, disponiendo: 1) Respecto a la relación laboral con Lourdes Adelayda  Vargas  de Arano Peredo, se establece el pago de indemnización por dos quinquenios, compensación económica por vacación del último año de trabajo cumplido, 50 horas extras al mes y por los últimos 24 meses, por otro lado no corresponde el pago de la compensación  económica  por vacación  y horas extras en el excedente al periodo establecido; 2) Respecto a la relación laboral con María Cecilia Arano Peredo, se establece el pago de 50 horas extras al mes y por los 9 meses y 13 días trabajados; por otro lado no corresponde  el desahucio, indemnización y vacación. En consecuencia ordena Lourdes Adelayda Vargas de Arano Peredo y María Cecilia Arano Peredo que paguen a tercero día de ejecutoriada la Sentencia, a favor de su ex trabajadora, de acuerdo al siguiente detalle:

FELICIA  FLORES

1.- Relación laboral con Lourdes Adelayda Vargas de Arano Peredo

Indemnización, por 2 quinquenios                Bs.   7.000.00

Vacación, por 1 año                                Bs.      840.00

Horas extras                                                Bs.   5.599.99

Total                                                        Bs. 13.439.99

2.- Relación laboral con María Cecilia Arano Peredo

Horas extras                                                Bs.   2.211.99

Total                                                        Bs.   2.211.99

SUMA  TOTAL                                        Bs. 15.651.98

En caso contrario, con las actualizaciones y reajustes dispuestos en el artículo 9 del Decreto Supremo N° 28699 de 1 de mayo de 2006.

En grado de apelación deducida por la parte demandada, por Auto de Vista de 22 de agosto de 2009 (fojas 51 y vuelta), la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, CONFIRMÓ la Sentencia de 31 de marzo de 2009.

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Datos del proceso

Magistrado relator
Delfín Humberto Betancourt Chinchilla
Tribunal Supremo de Justicia12 de noviembre de 2014AS/0211/2014Fuente oficial