Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 211/2018-RA
Sucre: 04 de abril de 2018
Expediente: CH – 25 – 18 – S
Partes: Banco Nacional de Bolivia S.A. c/ Luis Reyes Rosquellas y otros.
Proceso: Ordinario de entrega de bien inmueble y otro.
Distrito: Chuquisaca.
VISTOS: El recurso de casación de fs. 1586 a 1593, interpuesto por Luis Reyes Rosquellas por sí y en representación de Iveth Mónica Céspedes Guachalla contra el Auto de Vista Nº SCCI-067/2018 de fecha 26 de febrero, cursante de fs. 1580 a 1583 vta., pronunciado por la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, en el proceso ordinario de entrega de bien inmueble y otro, seguido por Banco Nacional de Bolivia S.A contra Luis Reyes Rosquellas y otros, la concesión de fs. 1599 y todo lo inherente.
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
Tramitada la causa de referencia, el Juez Público Civil y Comercial Nº 2 de la ciudad de Sucre, pronunció la Sentencia Nº 138/2017 de fecha 06 de noviembre, cursante de fs. 1542 a 1552 vta., que declara IMPROBADA la demanda de entrega de bien inmueble y reconocimiento de frutos civiles, e IMPROBADAS las excepciones de falta de acción y derecho, así como la demanda reconvencional sobre usucapión extraordinaria deducida por los demandados y PROBADA la excepción de prescripción opuesta por Juan Gregorio Carrasco Pasquier.
Fallo de primera instancia que es recurrido de apelación por la parte demandante, mismo que mereció el Auto de Vista Nº SCCI-067/2018, que Revoca parcialmente la Sentencia apelada; fallo que a su vez es recurrido de casación por los co-demandados Luis Reyes Rosquellas e Iveth Mónica Céspedes Guachalla, que es objeto de análisis de la presente resolución en relación a los requisitos de admisibilidad.
CONSIDERANDO II:
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