Texto del fallo
SALA PENAL SEGUNDA
Auto Supremo Nº 212 Sucre, 25 de junio de 2010
Expediente: Santa Cruz 35/04
Partes: Ministerio Público c/ Modesta Mendoza López.
Delito: Estelionato.
Ministro Relator: José Luis Baptista Morales
VISTOS: el recurso de casación interpuesto el 8 de noviembre de 2003 (fojas 233 a 234) por Luis Pereira Ríos en su condición de tercero interesado, impugnando el Auto de Vista emitido el 27 de agosto de ese año (fojas 226 a 227) por la Sala Penal Primera del Distrito Judicial de Santa Cruz en el proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Modesta Mendoza López con imputación por comisión del delito de tráfico ilícito de sustancias controladas.
CONSIDERANDO: que para los fines de emisión de la resolución que corresponda, se cuenta con los siguientes datos:
1.- El Tribunal de Sustancias Controladas a cargo del mencionado caso, dictó sentencia condenando a la imputada Modesta Mendoza López a la pena de diez años de presidio por el delito que le fue atribuido y, además, dispuso la incautación del inmueble habitado por ella.
2.- En fase de conocimiento del recurso de apelación que, respecto a su persona, interpuso la procesada, el Tribunal de Alzada anuló obrados y ordenó la devolución del caso al de Sustancias Controladas para que se subsanen errores encontrados.
3.- Estando la causa en ese estado, se presentó Luis Pereira Ríos ante el indicado Tribunal de Sustancias Controladas y, adjuntando la documentación que consta de fojas 164 a 179, manifestó que el inmueble incautado es suyo y no de Modesta Mendoza López, quien habitaba en dicho inmueble simplemente en condición de inquilina.
4.- Habiéndose mantenido la mencionada sentencia tanto en lo relativo a la sanción impuesta a Modesta Mendoza López como en lo concerniente a la incautación del indicado inmueble, dicha decisión fue revocada en parte por el Tribunal de Alzada que, disminuyendo el monto de la pena, ordenó la confiscación definitiva del inmueble de referencia.
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