Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA LIQUIDADORA SEGUNDA
Auto Supremo Nº : 213 /2014
Fecha :Sucre,21 de Julio de 2014
Distrito :Cochabamba
Expediente Nº :661/2009
Partes :María René Flores Valdivia c/ Nelson Enrique Zegarra propietario representante de la Empresa Alaska S.R.L.
Proceso :Pago de Beneficios Sociales
Recurso :Casación
VISTOS: El Recurso de Casación de fs. 97 a 98 interpuesto por Nelson Enrique Zegarra, propietario y representante de la Empresa ALASKA S.R.L., en contra del Auto de Vista Nº 273/2009 de 24 de septiembre de 2009, pronunciado por la Sala Social y Administrativa Segunda de la R. Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del Proceso Social por Pago de Beneficios Sociales seguido por María René Flores Valdivia en contra del recurrente; la respuesta de fs. 100 a 101 vta., los datos del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el Proceso Laboral, la suscrita Juez de Partido Primero de Trabajo y Seguridad Social del Departamento de Cochabamba administrando justicia en primera instancia a nombre de la Ley en virtud de la jurisdicción especial que por ella ejerce FALLA declarando PROBADA en parte la demanda de fs. 1 a 2 de obrados, esto indemnización por tiempo de servicios, desahucio aguinaldo por el año 2007 por 8 duodécimas y 17 días vacaciones por una gestión y 6 duodécimas, bono de antigüedad por los últimos 24 meses de trabajo de la actora, conminándose en consecuencia a la EMPRESA ALASKA S.R.L. para que por intermedio de su representante legal Nelson Enrique Zegarra Villegas a dar y pagar a MARIA RENEE FLORES VALDIVIA dentro del tercer día de ejecutoriada esta Sentencia bajo conminatoria de Ley, el monto total de la liquidación que a continuación sigue; monto que en ejecución de Sentencia pagará calculando y actualizando en base a la variación de la Unidad de Fomento a la Vivienda “U.F.V.” mas la multa del 30% del monto total incluyendo el mantenimiento de valor conformé determina el art. 9 del Decreto Supremo Nº 28699 de 1º de mayo de 2006.
TIEMPO DE SERVICIOS: 4 años, 6 meses y 16 días
SUELDO PROMEDIO INDEMNIZABLE: …….Bs. 2.500
DESAHUCIO: ………………………………….Bs.- 7.500,00
INDEMNIZACION: ……………………………Bs.- 11.361,00
AGUINALDO: 8 duodécimas y 17 días/2007……….Bs.- 1.785,00
VACACIONES: 1 gestión 6 duodécimas /22 días……Bs.- 1.833,06
BONO DE ANTIGÜEDAD: 24 meses últimos de trabajo
18-9-05 al 31-12-05 S3MN, Bs. 440= 320X5% =66X3 meses 13 días Bs.- 227,00
1-1-06 al 30 -4-06, S3MN, Bs. 440=1320X5% =66X4 meses……Bs.- 264,00
1-5-06 al 30-4-07, S3MN, Bs. 500=1500X5%=78,75X4 meses y 17 días Bs- 359.00
MONTO TOTAL A CANCELAR: Bs. 24.229,00
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