Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 213/2018-RA
Sucre: 04 de abril de 2018
Expediente: O-7-18-S
Partes: Victoria Sonia Dávila Paco de Toconas c/ María Valentina Dávila Méndez, Luis Dávila Méndez y Eugenio Dávila Méndez.
Proceso: División y partición.
Distrito: Oruro.
VISTOS: El recurso de casación de fs. 271 a 273., interpuesto por Victoria Sonia Dávila Paco de Toconas, contra el Auto de Vista Nº 13/2018 de 19 de enero, cursante de fs. 266 a 269, pronunciado por la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dentro del proceso de división y partición, seguido por Victoria Sonia Dávila Paco de Toconas contra María Valentina Dávila Méndez, Luis Dávila Méndez y Eugenio Dávila Méndez; el Auto de concesión del recurso de fecha 07 de marzo de 2017 cursante a fs. 279; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
En base a la demanda de fs. 8 a 10 Victoria Sonia Dávila Paco de Toconas inicia proceso de división y partición; desarrollándose de esta manera el proceso hasta dictarse la Sentencia de fecha 27 de octubre de 2017 cursante de fs. 244 a 247 vta., donde el Juez Público Civil y Comercial Primero de la ciudad de Oruro, declaró IMPROBADA la demanda de división y partición, salvándose los derechos sucesorios emergentes de otra sucesión a la vía llamada por ley.
Resolución de primera instancia que al haber sido recurrida en apelación por Victoria Sonia Dávila Paco de Toconas por memorial de fs. 252 a 253 la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, emitió el Auto de Vista de fecha Nº 13/2018 de 19 de enero de fs. 266 a 269, por la cual declara INADMISIBLE el recurso de apelación presentado por Victoria Sonia Dávila Paco de Toconas por haberse presentado fuera del término legal establecido.
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