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TSJ

AS/0215/2014

Tribunal Supremo de Justicia
15 de mayo de 2014Civil IMag. Rita Susana Nava Duran
Proceso
Anulabilidad de transferencia de bien ganancial.
Sala
Civil I
Año
2014

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE USTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 215/2014

Sucre: 15 de mayo 2014

Expediente : T-4-14-S

Partes : Simón Alberto Trujillo Fernández. c/ Natividad Rodríguez Martínez. Mery

Rodríguez Martínez, José Luis Rodríguez Martínez y Roxana Jenny

Gutiérrez Siles de Trujillo

Proceso : Anulabilidad de transferencia de bien ganancial.

Distrito : Tarija

VISTOS: Los recursos de casación en la forma y en el fondo cursante de fs. 323 a 326 vlta., de obrados, interpuesto por Simón Alberto Trujillo Fernández y el recurso de casación en el fondo cursante de fs. 340 a 343 vlta., interpuesto por Roxana Jenny Gutiérrez Siles de Trujillo contra el Auto de Vista Nº 83/2013 de 19 de noviembre 2013, cursante de fs. 317 a 320, pronunciado por la Sala Civil, Comercial, de familia, Niñez y Adolescencia y Violencia Intrafamiliar o Domestica Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro el proceso de Anulabilidad de transferencia de bien ganancial, seguido por Simón Alberto Trujillo Fernández contra Natividad Rodríguez Martínez y otros, concesión de fs. 350; los antecedentes procesales; y,

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO:

Que, El Juez de Partido Segundo de Familia de la Capital del distrito de Tarija, mediante Sentencia Nº 139/2012 de 07 de septiembre 2012, declaró IMPROBADA la demanda de fs. 13 a 15 y aclaración de fs. 17 presentada por Simón Alberto Trujillo Fernández e IMPROBADA excepción de prescripción de fs. 70 a 77 y 80 planteada por Natividad Rodríguez Martínez, Mery Rodríguez Martínez y José Luis Rodríguez Martínez.

Deducida las apelaciones interpuestas por el demandante y la demandada Roxana Jenny Gutiérrez Siles de Trujillo y remitida la misma ante la instancia competente, la Sala Civil, Comercial de Familia, Niñez y Adolescencia y Violencia Intrafamiliar o Domestica Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, mediante Auto de Vista Nº 83/2013 de 19 de noviembre 2013, confirmó la Sentencia Nº 139/2012 de 07 de septiembre 2012.

En conocimiento de la determinación de segunda instancia, el demandante Simón Alberto Trujillo Fernández y la demandada Roxana Jenny Gutiérrez Siles de Trujillo interpusieron recurso de casación en la forma y en el fondo y recurso de casación en el fondo respectivamente, mismos que se pasan a analizar.

CONSIDERANDO II

DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:

Recurso de casación en el fondo y en la forma de Simón Alberto Trujillo Fernández.

En el fondo.-

Acusa que existiría violación de la ley, errónea e indebida interpretación y aplicación de los arts. 5, 102, 106 del Código de Familia en cuanto a que la Sentencia y el Auto de Vista recurrido habrían cercenado sus derechos legalmente establecidos, en cuanto a la disposición unilateral que habría efectuado su esposa, ya que él no habría prestado su consentimiento para la disposición del único bien inmueble que adquirieron durante su matrimonio, inmueble que constituiría un bien que pertenece a la comunidad de gananciales de acuerdo a los arts. 101 y 102 del Código de Familia, y que con el pronunciamiento del A quo y el Ad quem resolviendo la causa con el argumento del art. 559 del código Civil se estaría cometiendo grave injusticia con su persona, ya que no habría consentido ni tacita ni expresamente la venta del bien inmueble en cuestión, situación que dejaría a un lado la norma imperativa familiar prevista por el art. 116 del Código de Familia, situación que le privaría de su derecho ganancial del bien común.

Que, el Auto de Vista en la apreciación de las pruebas habría incurrido en error de derecho, ya que no habría un análisis exhaustivo de las pruebas y los elementos de juicio aportados y que tan solo se habría hecho una apreciación ligera, y que se utilizaría como sustento el supuesto consentimiento tácito de su parte, que manifiesta no existiría, asimismo no se manifiesta que no se habría valorado la prueba documental al tenor de art. 1289 el Código Civil, en este caso el documento público de transferencia que haría plena fe de que su persona no habría participado en su otorgamiento, y que se tomaría la situación e su hija sin que este haya sido u punto de hecho a probar y que toda esta mala valoración especialmente la valoración de su confesión provocada habría dado lugar a la confirmación de la Sentencia.

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Datos del proceso

Demandante
Simón Alberto Trujillo Fernández.
Demandado
Natividad Rodríguez Martínez. Mery
Proceso
Anulabilidad de transferencia de bien ganancial.
Magistrado relator
Rita Susana Nava Duran
Tribunal Supremo de Justicia15 de mayo de 2014AS/0215/2014Fuente oficial