Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 216
Sucre, 25 de marzo de 2024
Expediente: 02-2024
Demandante: Andrea Isabel Gutiérrez Villareal
Demandado: Virginia Cazón Acuña
Materia: Beneficios Sociales
Distrito: Santa Cruz
Magistrado Relator: Ricardo Torres Echalar
VISTOS: El recurso de casación, interpuesto por Virginia Cazon Acuña, cursante de fs. 116 a 188, contra el Auto de Vista Nº 98/2023 de fecha 26 de mayo de 2023, de fs. 93 a 96 y vta., emitido por la Sala Social, Contenciosa y Contenciosa Administrativa y Tributaria Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro el proceso laboral interpuesto por Andrea Isabel Gutiérrez Villareal contra Virginia Cazón Acuña, el decreto de Admisión de 12 de febrero de 2024 cursante a fojas 131 mediante el cual se admite el mismo, los antecedentes del proceso y:
CONSIDERANDO I.
I.1.Antecedentes del proceso.
Sentencia
Tramitando el proceso de beneficios sociales, el Juez Publico Civil y Comercial de Partido del Trabajo y Seguridad Social Primero de Yapacani de la ciudad de Santa Cruz pronunció la Sentencia N° 621/2022 de fecha 05 de septiembre de 2022 de fs., 76 a 78, declarando PROBADA la demanda de fs. 9 a 11, interpuesta por Andrea Isabel Gutiérrez Villareal, en lo que respecta al pago de beneficios sociales como ser desahucio, aguinaldo, tiempo de servicios. En consecuencia, ordena que Virginia Cazón Ac uña, proceda al pago de Bs. 24.367.- (veinticuatro mil trescientos sesenta y siete 00/100 bolivianos) a favor de la demandante, por concepto de beneficios sociales y multa del 30% de conformidad al D.S. 23381 de 29 de diciembre de 1992 con base a la siguiente relación:
Nombres y apellidos
ANDREA ISABEL GUTIERREZ VILLAREAL
Fecha de ingreso
06 de noviembre de 2018
Fecha de retiro
19 de diciembre de 2019
Sueldo promedio indemnizable
3.500.- Bs.
Causa
Retiro forzoso
Tiempo de trabajo
1 año, 1 mes y 13 días
LIQUIDACION DE BENEFICIOS SOCIALES
Desahucio
10.500.-
Tiempo de servicios
01 año = 3.500.-
Aguinaldo
01 mes = 291.67.-
Vacaciones (8 días)
933.-
TOTAL:……………………….…………………………...Bs. 18.744.-
5.623.- (multa 30%)
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