Texto del fallo
SALA PENAL SEGUNDA
Auto Supremo Nº 218 Sucre, 25 de junio de 2010
Expediente: Oruro 41/04
Partes: Ministerio Público, Napoleón Iquise y Carlos Vallejos c/ Pedro Rodríguez Clemente.
Delito: Estafa.
VISTOS: la solicitud de extinción de la acción penal por muerte del imputado Pedro Rodriguez Clemente presentada por Nieves Herrera viuda de Rodriguez (fojas 1380) en el proceso penal seguido por el Ministerio Público, Napoleón Iquise y Carlos Vallejos con imputación por comisión del delito de estafa.
CONSIDERANDO: que la impetrante en su condición de esposa, adjuntando certificado de defunción de Pedro Rodríguez Clemente, pidió la extinción de la acción penal por muerte conforme a lo establecido en el numeral 1) del artículo 27 del Código de Procedimiento Penal, más la devolución de actuados al juzgado de origen.
Que de los datos registrados en el certificado de defunción inscrito por orden judicial en la Oficialía numero 401011, Libro numero D-4:1-99, Partida numero 13, Folio número 13 del Departamento de Oruro se evidenció que Pedro Rodríguez Clemente falleció el 27 de mayo de 2009, acreditando con dicho documento la fe probatoria asignada por los artículos 1287, 1289 y 1297 del Código Civil.
Que por lo expuesto, al estar acreditado el fallecimiento del imputado, corresponde deferir lo impetrado.
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