Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 218/2014
Sucre: 15 de mayo 2014
Expediente : O-7-14-S
Partes : Ruth Marcela Rodrigo Huerta de del Castillo. c/ Francisco Portillo Mollo
Proceso : Reivindicación.
Distrito : Oruro.
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 135 a 136, interpuesto por Francisco Portillo Mollo contra el Auto de Vista Nº 216/2013, de fs. 130 a 133 de 11 de diciembre 2013, pronunciado por la Sala Civil, Familiar y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dentro el proceso de Reivindicación, seguido por Ruth Marcela Rodrigo de del Castillo contra Francisco Portillo Mollo; la contestación de fs. 139 y vlta., la concesión de fs. 141 y vlta.; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
El Juez de Partido Sexto en lo Civil de Oruro, el 14 de junio de 2013 pronunció Sentencia, cursante de fs. 105 a 108, declarando Probada la demanda de reivindicación de derecho propietario, concediendo el plazo de 30 días, para que el demandado restituya a su propietaria el lote de terreno que ocupa sin derecho alguno, no dio lugar a los daños y perjuicios.
Contra dicha resolución, la parte demandada presentó recurso de apelación, exponiendo los agravios sufridos con la Sentencia.
En virtud de la apelación planteada, el Tribunal de Alzada, confirmó la Sentencia dictada por el A quo. Resolución que ahora es recurrida en casación en el fondo, la cual se analiza.
CONSIDERANDO II:
DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
El recurrente indica que el Ad quem dictó Auto de Vista aplicando normas que en la jerarquía normativa se encuentran en el tercer grado como es el Código Civil, olvidando que existen normas constitucionales y tratados internacionales conforme lo dispone el art. 410 de la Constitución Política del Estado.
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