Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 219/2014
Sucre: 15 de mayo 2014
Expediente : CH-91-13-S
Partes : Cinthya Teresa Poveda Mansilla. c/ Miriam Tardío Sardan y Alberto Pinto Benítez.
Proceso : Fraude procesal
Distrito : Chuquisaca
VISTOS: El recurso de casación en la forma o de nulidad de fs. 473 a 476 de actuados, interpuesto por Miriam Tardío Sardan Vda. de Poveda contra el Auto de Vista Nº 517/2013 de 25 de octubre de 2013, cursante a fs. 463 a 464, pronunciado por la Sala Civil y Familiar Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro del proceso ordinario de fraude procesal seguido por Cinthya Teresa Poveda Mansilla contra Miriam Tardío Sardan y Alberto Pinto Benítez; la respuesta al recurso de fs. 481 a 483, los antecedentes del procesales, Auto de concesión del recurso de fs. 484; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Que, tramitado el proceso señalado al exordio, por Sentencia Nº 80 de 17 de septiembre de 2012, el Juez Primero de Partido de Familia, declaro probada la demanda de fraude procesal, Resolución que fue apelada por la demandada, habiendo la Sala Civil y Familiar Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, por Auto de Vista Nº 52/2013 de fecha 19 de febrero anulado la Sentencia de primera instancia, Resolución que fue objeto de la interposición de recurso de casación en la forma, en merito a dicho recurso, por Auto Supremo Nº 280 de fecha 27 de mayo de 2013, se declaró infundado el recurso interpuesto, hecho que motivo que el Juez A quo, que conoció la causa pronunciara nueva Sentencia de fecha 23 de agosto de 2013, por el que declaró probada la demanda de fs. 185 a 193 y vta., e improbada la demanda reconvencional por la legalidad y valor de cosa juzgada de la Sentencia 39/2011 de 25 de abril, pronunciada dentro del proceso ordinario de nulidad de matrimonio a instancia de Alberto Pinto Benítez, asimismo declara improbada la excepción perentoria de falta de acción de derecho en la actora para demandar fraude procesal, sin costas y sin lugar a los daños y perjuicios.
Resolución de primera instancia que es impugnada por la demandada Mirian Tardío Sardan Vda. de Poveda y que fuera resuelta por el Tribunal de Alzada por Auto de Vista Nº 517 de fecha 25 de octubre de 2013, por el que anuló la Sentencia, Resolución que es impugnada por Miriam Tardío Sardan, a través del recurso de casación en la forma cursante de fs. 473 a 476, recurso que es motivo de Autos.
CONSIDERANDO II
DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN EL RECURSO DE CASACIÓN:
En la forma:
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