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TSJ

AS/0219/2021-RA.

Tribunal Supremo de Justicia
11 de marzo de 2021Civil
Proceso
Mejor derecho propietario y reivindicación.
Sala
Civil
Año
2021

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 219/2021-RA.

Fecha: 11 de marzo de 2021

Expediente: PT-9-21-S.

Partes: Eugenio Nelson Astorga Soraide c/ Edgar Angulo Chorolque y Ana María Chosco Barbito.

Proceso: Mejor derecho propietario y reivindicación.

Distrito: Potosí.

VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 149 a 157, interpuesto por Edgar Angulo Chorolque contra el Auto de Vista Nº 093/2020 de 14 de diciembre, cursante de fs. 120 a 123, pronunciado por la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, dentro el proceso sobre mejor derecho propietario y reivindicación, seguido por Eugenio Nelson Astorga Soraide contra Ana María Chosco Barbito y el recurrente; el Auto de concesión de 02 de febrero de 2021 cursante a fs. 161 vta.; los antecedentes del proceso; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

1. Con base en la demanda cursante de fs. 8 a 10 de obrados Eugenio Nelson Astorga Soraide inició un proceso de mejor derecho propietario y reivindicación, acción dirigida contra Edgar Angulo Chorolque y Ana María Chosco Barbito, quienes una vez citados, el primero no contestó a la demanda y la segunda contestó negativamente a la demanda; desarrollándose de esta manera la causa hasta dictarse Sentencia N° 49/2018 de 27 de agosto, cursante de fs. 86 a 89 vta., donde el Juez Público Civil y Comercial 2º de Villazón-Potosí declaró PROBADA la demanda de mejor derecho propietario y reivindicación.

2. Resolución de primera instancia que al ser recurrida en apelación por Edgar Angulo Chorolque mediante memorial cursante de fs. 95 a 97 vta., la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, emitió el Auto de Vista Nº 093/2020 de 14 de diciembre, cursante de fs. 120 a 123, CONFIRMANDO la Sentencia únicamente respecto a la acción de reivindicación y no así respecto a declarar probada la demanda de mejor derecho propietario.

3. Fallo de segunda instancia que es recurrido en casación por Edgar Angulo Chorolque según memorial cursante de fs. 149 a 157, recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.

CONSIDERANDO II:

REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN

En el marco de lo preceptuado en el art. 180.II de la Constitución Política del Estado que garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, principio por el cual las partes pueden solicitar a otro juzgador superior que revise la resolución del inferior, con la finalidad de que se fiscalice no solo la decisión asumida sino también la legalidad de esta; empero, no se debe dejar de lado el hecho que este principio en determinados casos se encuentra limitado, por diferentes factores tal es el caso del recurso de casación que al ser asimilado a una nueva demanda de puro derecho, para su viabilidad o procedencia debe reunir ciertos requisitos establecidos por nuestro ordenamiento jurídico; en ese entendido y ante la vigencia plena de la Ley Nº 439 (Código Procesal Civil), corresponde a continuación, considerar los requisitos de admisibilidad que todo recurso de casación debe contener, conforme al procedimiento establecido en el art. 277 con relación a los arts. 271, 272, 273, 274 de la mencionada ley.

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Datos del proceso

Demandante
Eugenio Nelson Astorga Soraide
Demandado
Edgar Angulo Chorolque y Ana María Chosco Barbito
Proceso
Mejor derecho propietario y reivindicación.
Tribunal Supremo de Justicia11 de marzo de 2021AS/0219/2021-RA.Fuente oficial