Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA LIQUIDADORA SEGUNDA
Auto Supremo N° : 224 /2014
Fecha : Sucre, 22 de julio de 2014
Distrito : La Paz
Expediente N° : 681/2009
Partes : Gonzalo Javier Meave Bustillo c/ Asociación Mutual de Ahorro y Préstamo para la Vivienda La Primera
Proceso : Beneficios Sociales
Recurso : Casación
VISTOS: El Recurso de Casación en el Fondo de fs. 180 a 185 y vta., interpuesto por Gonzalo Javier Meave Bustillo, contra el Auto de Vista Nº 096/2009 de 24 de abril de 2009 de fs. 177 y vta., pronunciado por la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del Proceso Social por Pago de Beneficios Sociales, seguido por Gonzalo Javier Meave Bustillo, contra la Mutual de Ahorro y Préstamo para la Vivienda La Primera, el memorial de contestación de fs. 190 a 192 y vta., el Auto de fs. 193, que concede el Recurso de Casación, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el Proceso Laboral, el Juez Primero de Trabajo y Seguridad Social del Distrito Judicial de La Paz, dictó la Sentencia Nº 127/2008 de 30 de agosto de 2008 de fs. 142 a 148, Declarando: PROBADA EN PARTE la demanda de fs. 5 a 7 y vta., probada en parte la excepción perentoria de pago e improbada la excepción perentoria por falta de legalidad y de acción y derecho de fs. 32 a 34 y vta., debiendo en consecuencia “la Asociación Mutual de Ahorro y Préstamo para la Vivienda la Primera”, cancelar los siguientes conceptos y sus correspondientes montos, de acuerdo al siguiente detalle:
SALARIO MENSUAL Bs 11.686,50.-
BONO DE ANTIGÜEDAD Bs 3.038,49.-
BONO EXTRAORDINARIO- marzo 2005 Bs 3.750,81.-
SUELDO PROMEDIO INDEMNIZABLE Bs 15.975,26.-
Fecha de ingreso: 26 de noviembre de 1992
Fecha de retiro: 30 de mayo de 2005
Tiempo de servicios: 12 años, 6 meses y 3 días
INDEMNIZACION 12 años: Bs.191.703,12.-
6 meses: Bs. 7.987,62.-
3 días: Bs. 131,30.-
Bs 199.822,04.-
DESAHUCIO: Bs 47.925,78.-
VACACION: Bs 7.987,62.-
AGUINALDO: Bs 15.975,26.-
SUELDOS DEL MES DE MAYO: Bs 15.442,75.-
PRIMA LEGAL: Bs 12.175,83.-
SUBTOTAL: Bs 299.329,28.-
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