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TSJ

AS/0224/2019

Tribunal Supremo de Justicia
6 de junio de 2019Social 2daMag. Ricardo Torres Echalar
Proceso
Sala
Social 2da
Año
2019

Texto del fallo

SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA

ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y

ADMINISTRATIVA

SEGUNDA

Auto Supremo Nº 224/2019

Sucre, 06 de junio de 2019

Expediente: SC-CA.SAII-LP. 572/2017

Distrito: La Paz

Magistrado Relator: Dr. Ricardo Torres Echalar

VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fojas 804 a 806, interpuesto por Edwin Castro Escobar, en representación de Luis Antonio Revilla Herrero, Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, en virtud al Testimonio Poder Nº 303/2016 otorgado por la Notario de Fe Publica Nº 36, Judith Mery Rojas Arce, contra el Auto de Vista Nº 140/2017 de 19 de junio, pronunciado por la Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso social de reintegro de beneficios y derechos sociales seguido por Pablo Carrasco Quintana, en representación legal de Fermín Mamani Velásquez, Luciano Laura Mamani, Jorge Mayta Morales, Pedro Flores Luna, Félix Huanca Cahuaya, Santos Carvajal Mayta, Francisco Casas Choque, Mónica Stivenzon de Pérez y Benito Mamani Quispe, en virtud al Testimonio Poder Nº 1118/2004 otorgado por el Notario de Fe Pública Nº 62 a cargo del Dr. Raúl Estévez Martínez, asimismo interpone demanda de reintegro de beneficios sociales Eugenio Mendieta Ramírez, quien se adhiere a la demanda principal, ambas demandas contra el ahora recurrente, el Auto Nº 364/2017 de 30 de octubre que concedió el recurso, el Auto N° 18/2018-A de 12 de enero, que admitió el recurso, los antecedentes del proceso, y

CONSIDERANDO I:

I.- Antecedentes del proceso.

I.1.- Sentencia.

Que, tramitado el proceso laboral, la Juez Séptimo de Trabajo y Seguridad Social del Tribunal Departamental de La Paz, emitió la Sentencia Nº 242/2014 de 23 de octubre (fojas 746 a 760), declarando IMPROBADA la demanda de fs. 54 a 55 y 61 a 62 en cuanto al señor Eugenio Mendieta Ramírez y PROBADA EN PARTE la demanda cursante a fs. 54 a 55 y 61 a 62, referente a los demás trabajadores de quienes se presenta la liquidación correspondiente, IMPROBADA la excepción perentoria de prescripción formulada de fs. 89 a 92 y PROBADA la excepción perentoria de cosa juzgada, planteada de fs. 395 a 396, en consecuencia el Gobierno Municipal de La Paz, a través de su representante legal, debe proceder al pago respectivo, de acuerdo a lo siguiente:

FERMIN MAMANI VELASQUEZ

LUCIANO LAURA MAMANI

SUELDO PROMEDIO INDEMNIZABLE: Bs 3,427,53

SUELDO PROMEDIO INDEMNIZABLE: Bs 2.991,27

INDEMNIZACIÓN

INDEMNIZACIÓN

27 AÑOS

92.543,31

22 AÑOS

65.807,94

10 MESES

2.856,27

1 MES

249,27

27 DÍAS

257,06

26 DÍAS

216,03

DESAHUCIO

10.282,59

DESAHUCIO

8.973,81

HORAS EXTRAS (2 horas diarias 2 ultimos años)

23.500,08

HORAS EXTRAS (2 horas diarias 2 ultimos años)

20.510,40

VACACIONES

3.113,31

VACACIONES

464,30

AGUINALDO

3.113,33

AGUINALDO

465,30

SUB TOTAL

135.665,95

SUB TOTAL

96.687,05

MENOS FINIQUITO PAGADO

81.014,71

MENOS FINIQUITO PAGADO

58.370,19

TOTAL A PAGAR

54.651,27

TOTAL A PAGAR

38.316,86

JOREGE MAYTA MORALES

PEDRO FLORES LUNA

SUELDO PROMEDIO INDEMNIZABLE: 2.269,66

SUELDO PROMEDIO INDEMNIZABLE: 2,719,64

INDEMNIZACIÓN

INDEMNIZACIÓN

4 AÑOS

9.078,64

22 AÑOS

59.832,08

4 MESES

756,55

2 MESES

453,27

25 DÍAS

157,61

25 DÍAS

188,75

DESAHUCIO

6.808,98

DESAHUCIO

8.158,92

HORAS EXTRAS (2 horas diarias 2 ultimos años)

15.552,00

HORAS EXTRAS (2 horas diarias 2 ultimos años)

18.639,36

VACACIONES

457,00

VACACIONES

642,17

AGUINALDO

914,16

AGUINALDO

642,02

SUB TOTAL

33.724,94

SUB TOTAL

88.556,57

MENOS FINIQUITO PAGADO

13.921,46

MENOS FINIQUITO PAGADO

53.373,13

TOTAL A PAGAR

19.803,48

TOTAL A PAGAR

35.183,44

FELIZ HUANCA CAHUAYA

Santos Carvajal Mayta

SUELDO PROMEDIO INDEMNIZABLE: 2.992,07

SUELDO PROMEDIO INDEMNIZABLE: 2.956,68

INDEMNIZACIÓN

INDEMNIZACIÓN

23 AÑOS

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Magistrado relator
Ricardo Torres Echalar
Tribunal Supremo de Justicia6 de junio de 2019AS/0224/2019Fuente oficial