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TSJ

AS/0228/2013

Tribunal Supremo de Justicia
11 de abril de 2013Social LiquidadoraMag. María Arminda Ríos García
Proceso
Contencioso tributario
Sala
Social Liquidadora
Año
2013

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Texto del fallo

SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA LIQUIDADORA

AUTO SUPREMO Nº  228/2013

EXPEDIENTE: A.65/2009

PARTES: Lidia Barrios de Dips c/ Gobierno Municipal de La Paz

PROCESO: Contencioso tributario

DISTRITO: La Paz

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VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fojas 91 y vuelta, interpuesto por Ronald Hernán Cortez Castillo, en representación legal de la Dirección de Recaudaciones del Gobierno Municipal de La Paz, del Auto de Vista Nº 146/08-SSA-I de 19 de septiembre de 2008  (fojas 86 y vuelta) pronunciado por la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, en el proceso contencioso tributario por tributos de inmueble de las gestiones 1996 a 2000, seguido por Ana Lidia Barrios de Dips, contra la institución recurrente, la respuesta de fojas 93 a 95, los antecedentes del proceso y,

CONSIDERANDO I: Que, notificada la parte demandada con el proceso contencioso tributario, interpuso excepciones de falta de personería en el actor y de cosa juzgada fojas 68 a 70; el Juez Tercero de Partido en materia Administrativa, Coactiva Fiscal y Tributaria del Distrito Judicial de La Paz, emitió la Resolución Nº 08/2007 de 29 de octubre de 2007 (fojas 73 a 75), disponiendo: PRIMERO declarar IMPROBADAS las excepciones de falta de personería en el actor y cosa Juzgada, esta última, sustanciada como de previo pronunciamiento al tenor del parágrafo II del artículo 243 de la Ley Nº 1340 de 28 de mayo de 1992. SEGUNDO Estando la Resolución Determinativa Nº 1325/2002 de 12 de septiembre de 2006 en la fase de ejecución tributaria, dentro de la cual, se ha emitido el Pliego de Cargo Nº 86/07 de 6 de marzo de 2007, por consiguiente, siendo improcedente la sustanciación de la demanda interpuesta a fojas 6 a 8 se ANULA obrados hasta fojas 9 inclusive, debiendo procederse al desglose de los antecedentes administrativos a efectos de su ejecución tributaria conforme a Ley.

En grado de apelación, recurso interpuesto por Ana Lidia Barrios de Dips, por Auto de Vista Nº 146/2008, la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz REVOCÓ LA ÚLTIMA PARTE (punto segundo) de la Resolución Nº 08/2007 de 29 de octubre de 2007 (fojas 73 a 75) manteniéndose lo dispuesto en el Punto Primero.

Que, contra el referido Auto de Vista, Ronald Hernán Cortez Castillo, en representación legal de la Dirección de Recaudaciones del Gobierno Municipal de La Paz, interpuso recurso de casación en el fondo (fojas 91 y vuelta), el que se pasa a examinar:

Manifiesta que recurre de casación en el fondo en aplicación del artículo 255 inciso 1) del Código de Procedimiento Civil.

Acusa que, el Auto de Vista recurrido contiene apreciación errónea tanto de hecho como de derecho en la documentación adjuntada en calidad de prueba durante el proceso.

Que, se llegó a determinar durante la fiscalización tributaria que el inmueble tenía deudas tributarias de la gestión 2000.

Indica que, el Auto de Vista Nº 146/08 SSA-I no cuenta con fundamentación porque al revocar el segundo punto de la Resolución 08/2007 “…no existe un pronunciamiento o situación que resuelva sobre la demanda contencioso tributario”  (Sic.)

Que, “El proceso de fiscalización se encuentra a nombre de Raúl Romero Linares, por tanto la demanda contencioso- tributaria al ser interpuesta por la Sra. Ana Lidia Barrios de Dips carece de impersonería o representación legal…por no haber perfeccionado su derecho propietario sobre el inmueble fiscalizado…” (Sic.)

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Datos del proceso

Demandante
Lidia Barrios de Dips
Demandado
Gobierno Municipal de La Paz
Proceso
Contencioso tributario
Magistrado relator
María Arminda Ríos García
Tribunal Supremo de Justicia11 de abril de 2013AS/0228/2013Fuente oficial