Texto del fallo
SALA PENAL PRIMERA
Auto Supremo: No. 229
Fecha : Sucre, 12 de abril de 2011
Expediente : Nro. 204/08
Distrito : Cochabamba
VISTOS: El Recurso de Casación interpuesto por el procesado, Mauricio Cayo Facio (fs. 96 a 98), impugnando el Auto de Vista de 20 de junio de 2008 (fs. 88 y vlta.), emitido por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Mauricio Cayo Facio, por el delito de Transporte de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el art. 55 de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas (Ley 1008), los antecedentes del proceso, y;
CONSIDERANDO: Que, el Tribunal de Sentencia Nº 1 de la ciudad de Cochabamba, dictó la Sentencia Nº 03/07, de 29 de enero de 2007 (fs. 65 a 68), declarando al procesado, Mauricio Cayo Facio, autor y culpable de la comisión del delito de Transporte de Sustancias Controladas, previsto en el art. 55 de la Ley 1008, condenándolo a la pena privativa de libertad de nueve años de reclusión, a cumplir en el Penal de "San Sebastián" (varones) de la ciudad de Cochabamba, más quinientos días multa a razón de Bs. 1.- por día, más costas a favor del Estado y la confiscación definitiva de las sustancias controladas consistentes en 9.970 c.c. de ácido sulfúrico diluído, 59.970 c.c. de kerosén, 49.990 gramos de hidróxido de calcio y 495 gramos de carbonato de sodio. Sentencia que apelada, dio lugar a la emisión del Auto de Vista de 20 de junio de 2008 (fs. 88 y vlta.), emitido por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, que declaró inadmisible el Recurso de Apelación Restringida interpuesto por el procesado. Auto de Vista que ahora es recurrido en Casación.
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