Texto del fallo
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
Auto Supremo Nº 229/2019
Sucre, 29 de mayo de 2019
Expediente: SC-CA.SAII-CBBA. 6/2018
Distrito: Cochabamba
Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez.
VISTOS: El Recurso de Casación de fojas 141 a 142 vta., interpuesto por Saúl Javier Ardaya Velasco en representación legal de la Empresa GRECO CONSULTING CORPORATION, contra el Auto de Vista 083 de 5 de abril de 2017, de fs. 135 a 137 vta., emitido por la Sala Social, Contencioso Tributario y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso social por cobro de beneficios sociales seguido `por Gisella Janett Revollo Ayala contra la empresa recurrente, el Auto de 18 de diciembre de 2017 (fs. 148) que concedió el recurso, los antecedentes, y:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
I.1.- Sentencia:
Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Segundo de Partido y Seguridad Social del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, emitió la Sentencia de 5 de febrero de 2016 (fs. 110 a 114 vta.), declarando probada en parte la demanda de fojas 4 vta., debiendo la empresa demandada a tercero día de su ejecución, cancelar de acuerdo al siguiente detalle:
Promedio indemnizable:
Bs. 1.400
Desahucio:
Bs. 4.200,00
Indemnización 8 meses y 18 días:
Bs. 9.535,55
15 días feriados por gestiones 2007, 2008 y 2009
Bs. 1.615,38
2 horas diarias en jornadas extraordinarias por 86 días.
Bs. 9.202,00
30 días domingos.
Bs. 3.230,72
Aguinaldo por duodécima de 7 meses y 18 días de la gestión 2010, doble por su incumplimiento.
Bs. 1.773,33
Salarios devengados de los meses de junio y julio de la gestión 2010.
Bs. 2.800,00
Salarios devengados de 18 días de la gestión 2010.
Bs. 840,00
Vacaciones gestiones 2009 y 2010 (30 días).
Bs. 1.400,00
Un subsidio de natalidad
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