Texto del fallo
SALA PENAL PRIMERA
Auto Supremo: No. 230
Fecha : Sucre, 12 de abril de 2011
Expediente : Nro. 10/08
Distrito : Beni
VISTOS: El Recurso de Casación interpuesto por el procesado, José Alex Barboza Ibáñez (fs. 269 a 271), impugnando el Auto de Vista Nº 028/2008 de 25 de septiembre de 2008 (fs. 261 a 264), emitido por la Sala Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial del Beni, dentro del proceso penal seguido por Wilson Rodríguez Barboza contra José Alex Barboza Ibáñez por el delito de Estafa, previsto y sancionado por el art. 335 del Código Penal, los antecedentes del proceso, y;
CONSIDERANDO: Que, el Tribunal de Sentencia Segundo de la ciudad de Trinidad, Departamento del Beni, dictó la Sentencia Nº 001/08 de 7 de febrero de 2008 (fs. 217 a 221) por la que declaró al procesado absuelto de la comisión del delito de Estafa, debiendo cesar todas las medidas cautelares personales dispuestas en su contra; Sentencia que apelada por el procesado, fue anulada totalmente disponiéndose la reposición del juicio por otro Tribunal de Sentencia de Trinidad, mediante Auto de Vista Nº 028/2008 de 25 de septiembre de 2008 (fs. 261 a 264), emitido por la Sala Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial del Beni. Contra dicho Auto de Vista, el procesado interpuso Recurso de Casación (fs. 269 a 271) cuya admisibilidad ahora se examina.
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