Texto del fallo
SALA PENAL PRIMERA
AUTO SUPREMO: No. 232 Sucre 20 de julio de 2005
DISTRITO: La Paz
PARTES : Elizabeth Virginia Pabón Álvarez c/ Teodora Álvarez
Ballón. Despojo y otro.
VISTOS: el recurso de casación de fojas 225 a 229 interpuesto por Teodora Álvarez Ballón, impugnando el Auto de Vista Nº 141 de 28 de marzo de 2005 de fojas 213 a 214, pronunciado por la Sala Penal Primera de la R. Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso penal seguido por Elizabeth Virginia Pabón Álvarez contra la recurrente, por los delitos de despojo y perturbación de posesión, previstos y sancionados por los artículos 351 y 353 del Código Penal.
CONSIDERANDO: que, para que el Tribunal de Casación declare la admisibilidad del recurso de casación es necesario cumplir los requisitos formales exigidos en los artículos 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal; en ese sentido, el recurrente a más de interponer el recurso dentro del plazo de los cinco días de haber sido notificado con el Auto de Vista objeto de la impugnación, debe precisar hechos similares y establecer la contradicción de una o más normas adjetivas o sustantivas aplicadas en el Auto de Vista impugnado y el precedente invocado.
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