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TSJ

AS/0232/2012

Tribunal Supremo de Justicia
26 de septiembre de 2012Civil LiquidadoraMag. Javier Medardo Serrano Llanos
Proceso
Declaración judicial de paternidad.
Sala
Civil Liquidadora
Año
2012

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Texto del fallo

SALA CIVIL LIQUIDADORA

Auto Supremo: Nº 232

Sucre: 26 de Septiembre de 2012

Expediente: C-69-08-S

Proceso: Declaración judicial de paternidad.

Partes:Yolanda Toledo Tito c/ Edgar Rodríguez Rodríguez.

Distrito: Cochabamba

Magistrado Relator: Dr. Javier Medardo Serrano Llanos

_________________________________________________________________________

VISTOS: el recurso de casación de fojas 98 a 100, interpuesto por Edgar Rodríguez Rodríguez, contra el Auto de Vista de 10 de noviembre de 2008 cursante a fojas 94 y vuelta, pronunciado por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro el proceso ordinario sobre declaración judicial de paternidad seguido por Yolanda Toledo Tito, contra el recurrente, el auto concesorio de fojas 74 vuelta, los antecedentes procesales; y,

CONSIDERANDO: que, tramitada la causa de referencia, el Juez de Partido Segundo de Familia de Cochabamba, pronuncio la Sentencia de 19 de octubre de 2006, cursante de fojas 79 a 81, que declaró probada la demanda de fojas 5 a 6 e improbada las excepciones perentorias opuestas, sin costas, declarando al demandado Edgar Rodríguez Rodríguez padre del menor Brayan Edgar Toledo y disponiendo la notificación a la Dirección Departamental del Registro Civil para que proceda a incluir en la casilla correspondiente de la partida de nacimiento No. 100, Libro No. 2/2000, folio No. 095 con fecha de partida 19 de mayo del 2000, el apellido paterno del menor nombrado, así como el nombre y apellidos del progenitor, también se ordena al demandado satisfacer a la actora, los gastos de gestación y parto en la suma de 800 Bs., una pensión durante seis semanas antes y seis semanas después del nacimiento del menor en la suma de Bs. 800. Se le ordena también al demandado restituir a la actora el costo total de la prueba genética de ADN en la suma de $us 400. Se fija asistencia familiar a favor del menor la suma de Bs. 300 mensuales que deberá pasar el demandado a partir de la citación con la demanda, una vez ejecutoriada la resolución.

Contra la mencionada sentencia, el demandado Edgar Rodríguez Rodríguez, mediante memorial cursante a fojas 84 a 85, interpuso recurso de apelación, el que fue resuelto por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, mediante Auto de Vista Nº 118/2008 de 10 de noviembre, cursante a fojas 94 y vuelta, que confirma la sentencia apelada con costas.

Contra el Auto de Vista, el demandado Edgar Rodríguez Rodríguez, interpusó recurso de casación en el fondo en base a los siguientes argumentos:

Acusó que, al dictarse la resolución recurrida, no se ha dado cumplimiento al artículo 236 del Adjetivo Civil porque supuestamente no se circunscribió a los puntos resueltos por el A quo y que han sido objeto de apelación, por lo que se habría violentado el artículo 3-3) del Código de Procedimiento Civil, pues no se habría tratado con igualdad a los sujetos procesales; asimismo sostiene que se ha realizado una incorrecta aplicación del artículo 379 del Código de Procedimiento Civil, porque habría sido valorada una prueba que ha sido propuesta fuera del término que establece el referido artículo. Manifiesto también, que se ha infringido el artículo 435 del Código de Procedimiento Civil, toda vez que el perito debió aceptar el cargo personalmente y bajo juramento.

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Datos del proceso

Demandante
Yolanda Toledo Tito
Demandado
Edgar Rodríguez Rodríguez.
Proceso
Declaración judicial de paternidad.
Magistrado relator
Javier Medardo Serrano Llanos
Tribunal Supremo de Justicia26 de septiembre de 2012AS/0232/2012Fuente oficial