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TSJ

AS/0232/2017-A

Tribunal Supremo de Justicia
14 de junio de 2017Social 1eraMag. Antonio Campero Segovia
Proceso
Beneficios Sociales
Sala
Social 1era
Año
2017

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA

Auto Supremo Nº 232-A

Sucre, 14 de junio de 2017

Expediente : 232/2017-S

Demandante : Dilmar Heltman de los Ríos Carreño

Demandado : EMPRESA MINERA JUNGI MINIG INDUTRY S.R.L.

Proceso : Beneficios Sociales

Departamento : Potosí

VISTOS: El Recurso de Casación en la forma o Nulidad y Casación en el Fondo, interpuesto por la Empresa Minera Jungie Mining Industry S.R.L. representada legalmente por Oscar Antonio Santos Orellana, de fs.174 a fs. 178 contra el Auto de Vista Nº 29/2017 de 10 de abril de 2017 de fs. 170 a 172 de obrados, pronunciado por la Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, dentro del proceso laboral por Beneficios Sociales seguido por Dilmar Heltman de los Ríos Carreño. Recurso concedido mediante Auto de 29 de mayo de 2017 a fs. 182.

CONSIDERANDO I

CONSIDERACIONES PREVIAS

Que en materia laboral, conforme al art. 252 del Código Procesal del Trabajo (CPT) “los aspectos no previstos” en dicha Ley “se regirán excepcionalmente por las disposiciones de la Ley de Organización Judicial y del Procedimiento Civil, siempre que no signifiquen violación de los principios generales del Derecho Procesal Laboral”.

Bajo tal premisa y toda vez que el CPT no tiene instituido un sistema recursivo propio, el trámite del Recurso de Casación se tramita conforme las disposiciones expresas de la Ley Nº 439, en vigencia desde el 6 de febrero de 2016. Por tal razón se aplica la Disposición Transitoria Sexta de este cuerpo adjetivo civil, en “PROCESOS DE SEGUNDA INSTANCIA Y CASACIÓN”.

Consiguientemente, teniendo en cuenta lo dispuesto en el art. 277.I del NCPC que señala: “recibidos los obrados, el Tribunal Supremo de Justicia, bajo responsabilidad, dentro de un plazo no mayor a diez días, examinará si se cumplieron los requisitos previstos por el art. 274 del presente Código ...”

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Datos del proceso

Demandante
Dilmar Heltman de los Ríos Carreño
Demandado
EMPRESA MINERA JUNGI MINIG INDUTRY S.R.L.
Proceso
Beneficios Sociales
Magistrado relator
Antonio Campero Segovia
Tribunal Supremo de Justicia14 de junio de 2017AS/0232/2017-AFuente oficial